🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444
Artículo 24 del Estatuto de Autonomía de AragónProtección personal y familiar
Texto vigente
Los poderes públicos aragoneses orientarán sus políticas de acuerdo con los siguientes objetivos:
a) Mejorar la calidad de vida y el bienestar de todas las personas.
b) Garantizar la protección integral de la familia y los derechos de toda forma de convivencia reconocida por el ordenamiento jurídico.
c) Garantizar la igualdad entre el hombre y la mujer en todos los ámbitos, con atención especial a la educación, el acceso al empleo y las condiciones de trabajo.
d) Garantizar el derecho de todas las personas a no ser discriminadas por razón de su orientación sexual e identidad de género.
e) Garantizar la protección de la infancia, en especial contra toda forma de explotación, malos tratos o abandono.
f) Favorecer la emancipación de los jóvenes, facilitando su acceso al mundo laboral y a la vivienda.
g) Garantizar la protección de las personas mayores, para que desarrollen una vida digna, independiente y participativa.
Flashcards de este artículo
Artículo 24. Protección personal y familiar (1/2)
Los poderes públicos aragoneses orientarán sus políticas de acuerdo con los siguientes objetivos: • a) Mejorar la calidad de vida y el bienestar de todas las personas. • b) Garantizar la protección integral de la familia y los derechos de toda forma de convivencia reconocida por el ordenamiento jurídico. • c) Garantizar la igualdad entre el hombre y la mujer en todos los ámbitos, con atención especial a la educación, el acceso al empleo y las condiciones de trabajo. • d) Garantizar el derecho de todas las personas a no ser discriminadas por razón de su orientación sexual e identidad de género.
Los poderes públicos ________ orientarán sus políticas de acuerdo con los siguientes objetivos:
aragoneses
«Los poderes públicos aragoneses orientarán sus políticas de acuerdo con los siguientes objetivos:»
¿Qué artículo lleva por título «Protección personal y familiar»?
Artículo 24. Protección personal y familiar (2/2)
• e) Garantizar la protección de la infancia, en especial contra toda forma de explotación, malos tratos o abandono. • f) Favorecer la emancipación de los jóvenes, facilitando su acceso al mundo laboral y a la vivienda. • g) Garantizar la protección de las personas mayores, para que desarrollen una vida digna, independiente y participativa.
Mejorar la calidad de vida y el bienestar de todas las ________.
personas
«Mejorar la calidad de vida y el bienestar de todas las personas.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Principios rectores de las políticas públicas
- Artículo 20 · Disposiciones generales
- Artículo 21 · Educación
- Artículo 22 · Patrimonio cultural
- Artículo 23 · Bienestar y cohesión social
- Artículo 25 · Promoción de la autonomía personal
- Artículo 26 · Empleo y trabajo
- Artículo 27 · Vivienda
- Artículo 28 · Ciencia, comunicación social y creación artística
- Artículo 29 · Fomento de la integración social de las personas inmigrantes
- Artículo 30 · Cultura de los valores democráticos
- Artículo 31 · Información institucional
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.