🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825
Artículo 207 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaDerecho a la información
Texto vigente
1. Los poderes públicos de Andalucía velarán, mediante lo dispuesto en el presente Título, por el respeto a las libertades y derechos reconocidos en el artículo 20 de la Constitución, especialmente los referidos a la libertad de expresión y al derecho a una información independiente, veraz y plural.
2. Todos los medios de comunicación andaluces, públicos y privados, están sujetos a los valores constitucionales.
Flashcards de este artículo
Artículo 207. Derecho a la información (apartado 1)
Los poderes públicos de Andalucía velarán, mediante lo dispuesto en el presente Título, por el respeto a las libertades y derechos reconocidos en el artículo 20 de la Constitución, especialmente los referidos a la libertad de expresión y al derecho a una información independiente, veraz y plural.
Los poderes públicos de Andalucía velarán, mediante lo dispuesto en el presente Título, por el respeto a las libertades y derechos reconocidos en el artículo 20 de la Constitución, ________ los referidos a la libertad de expresión y al derecho a una información independiente, veraz y plural.
especialmente
«Los poderes públicos de Andalucía velarán, mediante lo dispuesto en el presente Título, por el respeto a las libertades y derechos reconocidos en el artículo 20 de la Constitución, especialmente los referidos a la libertad de expresión y al derecho a una información independiente, veraz y plural.»
¿Qué artículo lleva por título «Derecho a la información»?
Artículo 207. Derecho a la información (apartado 2)
Todos los medios de comunicación andaluces, públicos y privados, están sujetos a los valores constitucionales.
Todos los medios de comunicación andaluces, públicos y privados, están sujetos a los valores ________.
constitucionales
«Todos los medios de comunicación andaluces, públicos y privados, están sujetos a los valores constitucionales.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.