🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825
Artículo 206 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaIncentivos y medidas fiscales
Texto vigente
1. Para la consecución de los objetivos establecidos en este Título, la Junta de Andalucía desarrollará políticas propias e incentivos a particulares adecuados a dicha finalidad.
2. Una ley del Parlamento de Andalucía regulará medidas de fiscalidad ecológica, preventivas, correctoras y compensatorias del daño ambiental en el marco de la Ley Orgánica a que se refiere el artículo 157.3 de la Constitución Española.
Flashcards de este artículo
Artículo 206. Incentivos y medidas fiscales (apartado 1)
Para la consecución de los objetivos establecidos en este Título, la Junta de Andalucía desarrollará políticas propias e incentivos a particulares adecuados a dicha finalidad.
Para la consecución de los objetivos establecidos en este Título, la Junta de Andalucía desarrollará políticas propias e incentivos a ________ adecuados a dicha finalidad.
particulares
«Para la consecución de los objetivos establecidos en este Título, la Junta de Andalucía desarrollará políticas propias e incentivos a particulares adecuados a dicha finalidad.»
¿Qué artículo lleva por título «Incentivos y medidas fiscales»?
Artículo 206. Incentivos y medidas fiscales (apartado 2)
Una ley del Parlamento de Andalucía regulará medidas de fiscalidad ecológica, preventivas, correctoras y compensatorias del daño ambiental en el marco de la Ley Orgánica a que se refiere el artículo 157.3 de la Constitución Española.
Una ley del Parlamento de Andalucía regulará medidas de fiscalidad ecológica, preventivas, correctoras y compensatorias del daño ambiental en el marco de la Ley Orgánica a que se refiere el artículo 157.________ de la Constitución Española.
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«Una ley del Parlamento de Andalucía regulará medidas de fiscalidad ecológica, preventivas, correctoras y compensatorias del daño ambiental en el marco de la Ley Orgánica a que se refiere el artículo 157.3 de la Constitución Española.»
Otros artículos de TÍTULO VII. Medio ambiente
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- Artículo 197 · Producción y desarrollo sostenible
- Artículo 198 · Residuos
- Artículo 199 · Desarrollo tecnológico y biotecnológico
- Artículo 200 · Prevención de incendios forestales y lucha contra la desertificación
- Artículo 201 · Protección ante la contaminación
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