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🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 116 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaPromulgación y publicación

Texto vigente

Las leyes de Andalucía serán promulgadas, en nombre del Rey, por el Presidente de la Junta, el cual ordenará la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el plazo de quince días desde su aprobación, así como en el Boletín Oficial del Estado. A efectos de su vigencia regirá la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 116. Promulgación y publicación

Artículo 116 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/5

Las leyes de Andalucía serán promulgadas, en nombre del Rey, por el Presidente de la Junta, el cual ordenará la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el plazo de quince días desde su aprobación, así como en el Boletín Oficial del Estado. A efectos de su vigencia regirá la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Completa el hueco2/5

Las leyes de Andalucía serán promulgadas, en nombre del Rey, por el Presidente de la Junta, el cual ordenará la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el plazo de ________ desde su aprobación, así como en el Boletín Oficial del Estado.

Artículo 116 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/5

quince días

«Las leyes de Andalucía serán promulgadas, en nombre del Rey, por el Presidente de la Junta, el cual ordenará la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el plazo de quince días desde su aprobación, así como en el Boletín Oficial del Estado.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Promulgación y publicación»?

Artículo 116 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/5

Artículo 116

Completa el hueco4/5

A efectos de su vigencia regirá la fecha de ________ en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Artículo 116 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta4/5

publicación

«A efectos de su vigencia regirá la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Las leyes de Andalucía serán promulgadas, en nombre del Rey, por el Presidente de la Junta, el cual ordenará la publicación de…»?

Artículo 116 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta5/5

Artículo 116. Promulgación y publicación

«Las leyes de Andalucía serán promulgadas, en nombre del Rey, por el Presidente de la Junta, el cual ordenará la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el plazo de quince días desde su aprobación, así como en el Boletín Oficial del Estado.»

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