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🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 111 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaIniciativa legislativa

Texto vigente

1. La iniciativa legislativa corresponde a los Diputados, en los términos previstos en el Reglamento del Parlamento, y al Consejo de Gobierno.

2. Una ley del Parlamento de Andalucía, en el marco de la ley orgánica prevista en el artículo 87.3 de la Constitución, regulará tanto el ejercicio de la iniciativa legislativa de los Ayuntamientos como la iniciativa legislativa popular.

3. La ley regulará las modalidades de consulta popular para asuntos de especial importancia para la Comunidad Autónoma en los términos previstos en el artículo 78.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 111. Iniciativa legislativa (apartado 1)

Artículo 111 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/5

La iniciativa legislativa corresponde a los Diputados, en los términos previstos en el Reglamento del Parlamento, y al Consejo de Gobierno.

Completa el hueco2/5

La iniciativa ________ corresponde a los Diputados, en los términos previstos en el Reglamento del Parlamento, y al Consejo de Gobierno.

Artículo 111 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/5

legislativa

«La iniciativa legislativa corresponde a los Diputados, en los términos previstos en el Reglamento del Parlamento, y al Consejo de Gobierno.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Iniciativa legislativa»?

Artículo 111 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/5

Artículo 111

Información4/5

Artículo 111. Iniciativa legislativa (apartado 2)

Artículo 111 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido4/5

Una ley del Parlamento de Andalucía, en el marco de la ley orgánica prevista en el artículo 87.3 de la Constitución, regulará tanto el ejercicio de la iniciativa legislativa de los Ayuntamientos como la iniciativa legislativa popular.

Completa el hueco5/5

Una ley del Parlamento de Andalucía, en el marco de la ley orgánica prevista en el artículo 87.________ de la Constitución, regulará tanto el ejercicio de la iniciativa legislativa de los Ayuntamientos como la iniciativa legislativa popular.

Artículo 111 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta5/5

3

«Una ley del Parlamento de Andalucía, en el marco de la ley orgánica prevista en el artículo 87.3 de la Constitución, regulará tanto el ejercicio de la iniciativa legislativa de los Ayuntamientos como la iniciativa legislativa popular.»

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