🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825
Artículo 117 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaFunciones y responsabilidad ante el Parlamento
Texto vigente
1. El Presidente o Presidenta de la Junta dirige y coordina la actividad del Consejo de Gobierno, coordina la Administración de la Comunidad Autónoma, designa y separa a los Consejeros y ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía.
2. El Presidente podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en uno de los Vicepresidentes o Consejeros.
3. El Presidente es responsable políticamente ante el Parlamento.
4. El Presidente podrá proponer por iniciativa propia o a solicitud de los ciudadanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 y en la legislación del Estado, la celebración de consultas populares en el ámbito de la Comunidad Autónoma, sobre cuestiones de interés general en materias autonómicas o locales.
Flashcards de este artículo
Artículo 117. Funciones y responsabilidad ante el Parlamento (apartado 1)
El Presidente o Presidenta de la Junta dirige y coordina la actividad del Consejo de Gobierno, coordina la Administración de la Comunidad Autónoma, designa y separa a los Consejeros y ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía.
El Presidente o Presidenta de la Junta dirige y coordina la actividad del Consejo de Gobierno, coordina la Administración de la Comunidad Autónoma, designa y separa a los Consejeros y ostenta la suprema ________ de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía.
representación
«El Presidente o Presidenta de la Junta dirige y coordina la actividad del Consejo de Gobierno, coordina la Administración de la Comunidad Autónoma, designa y separa a los Consejeros y ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía.»
¿Qué artículo lleva por título «Funciones y responsabilidad ante el Parlamento»?
Artículo 117. Funciones y responsabilidad ante el Parlamento (apartado 2)
El Presidente podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en uno de los Vicepresidentes o Consejeros.
El Presidente podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en uno de los ________ o Consejeros.
Vicepresidentes
«El Presidente podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en uno de los Vicepresidentes o Consejeros.»
Otros artículos de CAPÍTULO III. El Presidente de la Junta
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.