🎯 Reglamento de Armas (RD 137/1993) · BOE-A-1993-6202
Artículo 130 del Reglamento de Armas
Texto vigente
1. La licencia especial para armas de concurso deberá ser solicitada, por el interesado, de la Dirección General de la Guardia Civil, en escrito acompañando los documentos reseñados en el artículo 97.1 de este Reglamento.
2. En la solicitud o en memoria adjunta se harán constar con todo detalle los motivos que fundamenten la necesidad de utilización del arma de que se trate ; exponiendo la modalidad de tiro que practique el solicitante y su historial deportivo, y acompañando cuantos documentos desee aportar para justificar la necesidad de usar el arma.
3. En todo caso deberá acreditar el solicitante su habilitación deportiva para la modalidd de tiro que practique y la categoría de tirador que le corresponda.
Flashcards de este artículo
Artículo 130 (apartado 1)
La licencia especial para armas de concurso deberá ser solicitada, por el interesado, de la Dirección General de la Guardia Civil, en escrito acompañando los documentos reseñados en el artículo 97.1 de este Reglamento.
La licencia especial para armas de concurso deberá ser solicitada, por el interesado, de la Dirección General de la Guardia Civil, en escrito acompañando los documentos reseñados en el artículo 97.________ de este Reglamento.
1
«La licencia especial para armas de concurso deberá ser solicitada, por el interesado, de la Dirección General de la Guardia Civil, en escrito acompañando los documentos reseñados en el artículo 97.1 de este Reglamento.»
¿Qué artículo establece: «La licencia especial para armas de concurso deberá ser solicitada, por el interesado, de la Dirección General de la Guardia Civil, en…»?
Artículo 130
«La licencia especial para armas de concurso deberá ser solicitada, por el interesado, de la Dirección General de la Guardia Civil, en escrito acompañando los documentos reseñados en el artículo 97.1 de este Reglamento.»
Artículo 130 (apartado 2)
En la solicitud o en memoria adjunta se harán constar con todo detalle los motivos que fundamenten la necesidad de utilización del arma de que se trate ; exponiendo la modalidad de tiro que practique el solicitante y su historial deportivo, y acompañando cuantos documentos desee aportar para justificar la necesidad de usar el arma.
En la solicitud o en memoria adjunta se harán constar con todo detalle los motivos que ________ la necesidad de utilización del arma de que se trate ;
fundamenten
«En la solicitud o en memoria adjunta se harán constar con todo detalle los motivos que fundamenten la necesidad de utilización del arma de que se trate ;»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.