🛡️ LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana · BOE-A-2015-3442
Disposición adicional sexta de la LO 4/2015 de seguridad ciudadanaInfraestructuras e instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad
Texto vigente
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 35.1 y 36.9, se entenderá por infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad:
a) Centrales nucleares, petroquímicas, refinerías y depósitos de combustible.
b) Puertos, aeropuertos y demás infraestructuras de transporte.
c) Servicios de suministro y distribución de agua, gas y electricidad.
d) Infraestructuras de telecomunicaciones.
Flashcards de este artículo
Disposición adicional sexta. Infraestructuras e instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 35.1 y 36.9, se entenderá por infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad: • a) Centrales nucleares, petroquímicas, refinerías y depósitos de combustible. • b) Puertos, aeropuertos y demás infraestructuras de transporte. • c) Servicios de suministro y distribución de agua, gas y electricidad. • d) Infraestructuras de telecomunicaciones.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos ________.1 y 36.9, se entenderá por infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad:
35
«A los efectos de lo dispuesto en los artículos 35.1 y 36.9, se entenderá por infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad:»
¿Qué artículo lleva por título «Infraestructuras e instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad»?
Centrales nucleares, ________, refinerías y depósitos de combustible.
petroquímicas
«Centrales nucleares, petroquímicas, refinerías y depósitos de combustible.»
¿Qué artículo establece: «A los efectos de lo dispuesto en los artículos 35.1 y 36.9, se entenderá por infraestructuras o instalaciones en las que se…»?
Disposición adicional sexta. Infraestructuras e instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad
«A los efectos de lo dispuesto en los artículos 35.1 y 36.9, se entenderá por infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad:»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.