🌍 LO 4/2000 de extranjería · BOE-A-2000-544
Artículo 69 de la Ley de Extranjería (LO 4/2000)Apoyo al movimiento asociativo de los inmigrantes
Texto vigente
Los poderes públicos impulsarán el fortalecimiento del movimiento asociativo entre los inmigrantes y apoyarán a los sindicatos, organizaciones empresariales y a las organizaciones no gubernamentales que, sin ánimo de lucro, favorezcan su integración social, facilitándoles ayuda económica, tanto a través de los programas generales como en relación con sus actividades específicas.
Flashcards de este artículo
Artículo 69. Apoyo al movimiento asociativo de los inmigrantes
Los poderes públicos impulsarán el fortalecimiento del movimiento asociativo entre los inmigrantes y apoyarán a los sindicatos, organizaciones empresariales y a las organizaciones no gubernamentales que, sin ánimo de lucro, favorezcan su integración social, facilitándoles ayuda económica, tanto a través de los programas generales como en relación con sus actividades específicas.
Los poderes públicos impulsarán el ________ del movimiento asociativo entre los inmigrantes y apoyarán a los sindicatos, organizaciones empresariales y a las organizaciones no gubernamentales que, sin ánimo de lucro, favorezcan su integración social, facilitándoles ayuda económica, tanto a través de los programas generales como en relación con sus actividades específicas.
fortalecimiento
«Los poderes públicos impulsarán el fortalecimiento del movimiento asociativo entre los inmigrantes y apoyarán a los sindicatos, organizaciones empresariales y a las organizaciones no gubernamentales que, sin ánimo de lucro, favorezcan su integración social, facilitándoles ayuda económica, tanto a través de los programas generales como en relación con sus actividades específicas.»
¿Qué artículo lleva por título «Apoyo al movimiento asociativo de los inmigrantes»?
¿Qué artículo establece: «Los poderes públicos impulsarán el fortalecimiento del movimiento asociativo entre los inmigrantes y apoyarán a los sindicatos, organizaciones empresariales y a las…»?
Artículo 69. Apoyo al movimiento asociativo de los inmigrantes
«Los poderes públicos impulsarán el fortalecimiento del movimiento asociativo entre los inmigrantes y apoyarán a los sindicatos, organizaciones empresariales y a las organizaciones no gubernamentales que, sin ánimo de lucro, favorezcan su integración social, facilitándoles ayuda económica, tanto a través de los programas generales como en relación con sus actividades específicas.»
Otros artículos de TÍTULO IV. Coordinación de los poderes públicos
- Artículo 67 · Coordinación de los órganos de la Administración del Estado
- Artículo 68 · Coordinación de las Administraciones Públicas
- Artículo 70 · El Foro para la Integración Social de los Inmigrantes
- Artículo 71 · Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia
- Artículo 72 · Comisión Laboral Tripartita de Inmigración
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.