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🚓 LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad · BOE-A-1986-6859

Artículo treinta y seis de la LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Texto vigente

Salvo lo dispuesto en este capítulo, el régimen funcionarial del personal integrado en las Unidades Policía Judicial será el de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo treinta y seis

Artículo treinta y seis · LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
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Salvo lo dispuesto en este capítulo, el régimen funcionarial del personal integrado en las Unidades Policía Judicial será el de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Completa el hueco2/3

Salvo lo dispuesto en este capítulo, el régimen ________ del personal integrado en las Unidades Policía Judicial será el de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Artículo treinta y seis · LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Respuesta2/3

funcionarial

«Salvo lo dispuesto en este capítulo, el régimen funcionarial del personal integrado en las Unidades Policía Judicial será el de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Salvo lo dispuesto en este capítulo, el régimen funcionarial del personal integrado en las Unidades Policía Judicial será el de las Fuerzas…»?

Artículo treinta y seis · LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Respuesta3/3

Artículo treinta y seis

«Salvo lo dispuesto en este capítulo, el régimen funcionarial del personal integrado en las Unidades Policía Judicial será el de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.»

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