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🚓 LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad · BOE-A-1986-6859

Artículo treinta y dos de la LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Texto vigente

La Policía Judicial constituye una función cuya especialización se cursará en los Centros de Formación y Perfeccionamiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con participación de miembros de la Judicatura y del Ministerio Fiscal, o, complementariamente, en el Centro de Estudios Judiciales.

La posesión del diploma correspondiente será requisito necesario para ocupar puestos en las Unidades de Policía Judicial que se constituyan.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo treinta y dos

Artículo treinta y dos · LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Contenido1/5

La Policía Judicial constituye una función cuya especialización se cursará en los Centros de Formación y Perfeccionamiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con participación de miembros de la Judicatura y del Ministerio Fiscal, o, complementariamente, en el Centro de Estudios Judiciales. La posesión del diploma correspondiente será requisito necesario para ocupar puestos en las Unidades de Policía Judicial que se constituyan.

Completa el hueco2/5

La Policía Judicial constituye una función cuya especialización se cursará en los Centros de Formación y Perfeccionamiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con participación de miembros de la Judicatura y del Ministerio Fiscal, o, ________, en el Centro de Estudios Judiciales.

Artículo treinta y dos · LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Respuesta2/5

complementariamente

«La Policía Judicial constituye una función cuya especialización se cursará en los Centros de Formación y Perfeccionamiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con participación de miembros de la Judicatura y del Ministerio Fiscal, o, complementariamente, en el Centro de Estudios Judiciales.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La Policía Judicial constituye una función cuya especialización se cursará en los Centros de Formación y Perfeccionamiento de los miembros de las…»?

Artículo treinta y dos · LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Respuesta3/5

Artículo treinta y dos

«La Policía Judicial constituye una función cuya especialización se cursará en los Centros de Formación y Perfeccionamiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con participación de miembros de la Judicatura y del Ministerio Fiscal, o, complementariamente, en el Centro de Estudios Judiciales.»
Completa el hueco4/5

La posesión del diploma correspondiente será ________ necesario para ocupar puestos en las Unidades de Policía Judicial que se constituyan.

Artículo treinta y dos · LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Respuesta4/5

requisito

«La posesión del diploma correspondiente será requisito necesario para ocupar puestos en las Unidades de Policía Judicial que se constituyan.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «La posesión del diploma correspondiente será requisito necesario para ocupar puestos en las Unidades de Policía Judicial que se constituyan»?

Artículo treinta y dos · LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Respuesta5/5

Artículo treinta y dos

«La posesión del diploma correspondiente será requisito necesario para ocupar puestos en las Unidades de Policía Judicial que se constituyan.»

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