Ir al generador

🤝 Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito · BOE-A-2015-4606

Disposición adicional primera del Estatuto de la víctima (Ley 4/2015)Evaluación periódica del sistema de atención a las víctimas del delito en España

Texto vigente

El funcionamiento de las instituciones, mecanismos y garantías de asistencia a las víctimas del delito será objeto de una evaluación anual, que se llevará a cabo por el Ministerio de Justicia conforme al procedimiento que se determine reglamentariamente.

Estas evaluaciones, cuyos resultados serán publicados en la página web, orientarán la mejora del sistema de protección y la adopción de nuevas medidas para garantizar su eficacia.

El Gobierno remitirá a las Cortes Generales un informe anual con la evaluación y las propuestas de mejora del sistema de protección de las víctimas y de las medidas que garanticen su eficacia.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Disposición adicional primera. Evaluación periódica del sistema de atención a las víctimas del delito en España

Disposición adicional primera · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Contenido1/5

El funcionamiento de las instituciones, mecanismos y garantías de asistencia a las víctimas del delito será objeto de una evaluación anual, que se llevará a cabo por el Ministerio de Justicia conforme al procedimiento que se determine reglamentariamente. Estas evaluaciones, cuyos resultados serán publicados en la página web, orientarán la mejora del sistema de protección y la adopción de nuevas medidas para garantizar su eficacia. El Gobierno remitirá a las Cortes Generales un informe anual con la evaluación y las propuestas de mejora del sistema de protección de las víctimas y de las medidas que garanticen su eficacia.

Completa el hueco2/5

El funcionamiento de las instituciones, mecanismos y garantías de asistencia a las víctimas del delito será objeto de una evaluación anual, que se llevará a cabo por el Ministerio de Justicia conforme al procedimiento que se determine ________.

Disposición adicional primera · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Respuesta2/5

reglamentariamente

«El funcionamiento de las instituciones, mecanismos y garantías de asistencia a las víctimas del delito será objeto de una evaluación anual, que se llevará a cabo por el Ministerio de Justicia conforme al procedimiento que se determine reglamentariamente.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Evaluación periódica del sistema de atención a las víctimas del delito en España»?

Disposición adicional primera · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Respuesta3/5

Disposición adicional primera

Completa el hueco4/5

Estas ________, cuyos resultados serán publicados en la página web, orientarán la mejora del sistema de protección y la adopción de nuevas medidas para garantizar su eficacia.

Disposición adicional primera · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Respuesta4/5

evaluaciones

«Estas evaluaciones, cuyos resultados serán publicados en la página web, orientarán la mejora del sistema de protección y la adopción de nuevas medidas para garantizar su eficacia.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «El funcionamiento de las instituciones, mecanismos y garantías de asistencia a las víctimas del delito será objeto de una evaluación anual, que…»?

Disposición adicional primera · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Respuesta5/5

Disposición adicional primera. Evaluación periódica del sistema de atención a las víctimas del delito en España

«El funcionamiento de las instituciones, mecanismos y garantías de asistencia a las víctimas del delito será objeto de una evaluación anual, que se llevará a cabo por el Ministerio de Justicia conforme al procedimiento que se determine reglamentariamente.»

Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales