🤝 Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito · BOE-A-2015-4606
Artículo 15 del Estatuto de la víctima (Ley 4/2015)Servicios de justicia restaurativa
Texto vigente
1. Las víctimas podrán acceder a servicios de justicia restaurativa, en los términos que reglamentariamente se determinen, con la finalidad de obtener una adecuada reparación material y moral de los perjuicios derivados del delito, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) el infractor haya reconocido los hechos esenciales de los que deriva su responsabilidad;
b) la víctima haya prestado su consentimiento, después de haber recibido información exhaustiva e imparcial sobre su contenido, sus posibles resultados y los procedimientos existentes para hacer efectivo su cumplimiento;
c) el infractor haya prestado su consentimiento;
d) el procedimiento de mediación no entrañe un riesgo para la seguridad de la víctima, ni exista el peligro de que su desarrollo pueda causar nuevos perjuicios materiales o morales para la víctima; y
e) no esté prohibida por la ley para el delito cometido.
2. Los debates desarrollados dentro del procedimiento de mediación serán confidenciales y no podrán ser difundidos sin el consentimiento de ambas partes. Los mediadores y otros profesionales que participen en el procedimiento de mediación, estarán sujetos a secreto profesional con relación a los hechos y manifestaciones de que hubieran tenido conocimiento en el ejercicio de su función.
3. La víctima y el infractor podrán revocar su consentimiento para participar en el procedimiento de mediación en cualquier momento.
Flashcards de este artículo
Artículo 15. Servicios de justicia restaurativa (apartado 1, 1/2)
Las víctimas podrán acceder a servicios de justicia restaurativa, en los términos que reglamentariamente se determinen, con la finalidad de obtener una adecuada reparación material y moral de los perjuicios derivados del delito, cuando se cumplan los siguientes requisitos: • a) el infractor haya reconocido los hechos esenciales de los que deriva su responsabilidad; • b) la víctima haya prestado su consentimiento, después de haber recibido información exhaustiva e imparcial sobre su contenido, sus posibles resultados y los procedimientos existentes para hacer efectivo su cumplimiento; • c) el infractor haya prestado su consentimiento;
Las víctimas podrán acceder a servicios de justicia restaurativa, en los términos que ________ se determinen, con la finalidad de obtener una adecuada reparación material y moral de los perjuicios derivados del delito, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
reglamentariamente
«Las víctimas podrán acceder a servicios de justicia restaurativa, en los términos que reglamentariamente se determinen, con la finalidad de obtener una adecuada reparación material y moral de los perjuicios derivados del delito, cuando se cumplan los siguientes requisitos:»
¿Qué artículo lleva por título «Servicios de justicia restaurativa»?
Artículo 15. Servicios de justicia restaurativa (apartado 1, 2/2)
• d) el procedimiento de mediación no entrañe un riesgo para la seguridad de la víctima, ni exista el peligro de que su desarrollo pueda causar nuevos perjuicios materiales o morales para la víctima; y • e) no esté prohibida por la ley para el delito cometido.
el infractor haya reconocido los hechos esenciales de los que deriva su ________;
responsabilidad
«el infractor haya reconocido los hechos esenciales de los que deriva su responsabilidad;»
Otros artículos de TÍTULO II. Participación de la víctima en el proceso penal
- Artículo 11 · Participación activa en el proceso penal
- Artículo 12 · Comunicación y revisión del sobreseimiento de la investigación a instancia de la víctima
- Artículo 13 · Participación de la víctima en la ejecución
- Artículo 14 · Reembolso de gastos
- Artículo 16 · Justicia gratuita
- Artículo 17 · Víctimas de delitos cometidos en otros Estados miembros de la Unión Europea
- Artículo 18 · Devolución de bienes
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.