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🟢 Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE-A-2014-12408

Artículo 95 de la Ley 29/2014 de personal de la Guardia CivilPérdida de la condición de guardia civil

Texto vigente

1. La condición de guardia civil se perderá por alguna de las causas siguientes:

a) En virtud de renuncia, con los requisitos que se establecen en el artículo siguiente.

b) Pérdida de la nacionalidad española.

c) Pena principal o accesoria de pérdida de empleo, de inhabilitación absoluta o de inhabilitación especial para empleo o cargo público cuando hubiere adquirido firmeza.

d) Sanción disciplinaria de separación del servicio.

2. Con la pérdida de la condición de guardia civil se dejará de estar sujeto al régimen general de los derechos y deberes y a las normas disciplinarias de los miembros de la Guardia Civil. Llevará consigo, además, la pérdida de la condición de militar de carrera.

3. La pérdida de la condición de guardia civil no supondrá, en ningún caso, el pase del afectado a retiro.

El tiempo de servicios cumplido le será considerado a efectos de la determinación, en su momento, de la pensión que le corresponda.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

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Información1/5

Artículo 95. Pérdida de la condición de guardia civil (apartado 1)

Artículo 95 · Ley 29/2014
Contenido1/5

La condición de guardia civil se perderá por alguna de las causas siguientes: • a) En virtud de renuncia, con los requisitos que se establecen en el artículo siguiente. • b) Pérdida de la nacionalidad española. • c) Pena principal o accesoria de pérdida de empleo, de inhabilitación absoluta o de inhabilitación especial para empleo o cargo público cuando hubiere adquirido firmeza. • d) Sanción disciplinaria de separación del servicio.

Completa el hueco2/5

En virtud de renuncia, con los ________ que se establecen en el artículo siguiente.

Artículo 95 · Ley 29/2014
Respuesta2/5

requisitos

«En virtud de renuncia, con los requisitos que se establecen en el artículo siguiente.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Pérdida de la condición de guardia civil»?

Artículo 95 · Ley 29/2014
Respuesta3/5

Artículo 95

Información4/5

Artículo 95. Pérdida de la condición de guardia civil (apartado 2)

Artículo 95 · Ley 29/2014
Contenido4/5

Con la pérdida de la condición de guardia civil se dejará de estar sujeto al régimen general de los derechos y deberes y a las normas disciplinarias de los miembros de la Guardia Civil. Llevará consigo, además, la pérdida de la condición de militar de carrera.

Completa el hueco5/5

Pena principal o accesoria de pérdida de empleo, de ________ absoluta o de inhabilitación especial para empleo o cargo público cuando hubiere adquirido firmeza.

Artículo 95 · Ley 29/2014
Respuesta5/5

inhabilitación

«Pena principal o accesoria de pérdida de empleo, de inhabilitación absoluta o de inhabilitación especial para empleo o cargo público cuando hubiere adquirido firmeza.»

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