🗺️ Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982) · BOE-A-1982-15030
Artículo 29 del Estatuto de Autonomía de La Rioja
Texto vigente
La responsabilidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus autoridades y funcionarios se exigirá en los mismos términos y casos que establezca la legislación del Estado en la materia.
Flashcards de este artículo
Artículo 29
La responsabilidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus autoridades y funcionarios se exigirá en los mismos términos y casos que establezca la legislación del Estado en la materia.
La responsabilidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus autoridades y ________ se exigirá en los mismos términos y casos que establezca la legislación del Estado en la materia.
funcionarios
«La responsabilidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus autoridades y funcionarios se exigirá en los mismos términos y casos que establezca la legislación del Estado en la materia.»
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Artículo 29
«La responsabilidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus autoridades y funcionarios se exigirá en los mismos términos y casos que establezca la legislación del Estado en la materia.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Uno. Las Leyes de la Comunidad Autónoma solamente están sometidas al control de constitucionalidad que ejerce el Tribunal Constitucional. Dos. El Gobierno, previo dictamen del Consejo La responsabilidad de Estado, controlará la actividad de los órganos Administración de la Comunidad Autónoma relativa al ejercicio de funciones delegadas conforme al artículo ciento cincuenta La Rioja y tres, b), de la Constitución. Tres. Las normas reglamentarias y los actos sus autoridades y acuerdos emanados de funcionarios se exigirá en los órganos ejecutivos mismos términos y administrativos de la Comunidad Autónoma serán recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Cuatro. Respecto de casos que establezca la revisión de los actos en vía administrativa se estará a lo dispuesto en las correspondientes Leyes legislación del Estado. Estado en la materia.
- Vigente desde 09/07/1982 · redacción original
- Vigente desde 28/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-339
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