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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 185 del Estatuto de Autonomía de CataluñaParticipación en los tratados de la Unión Europea

Texto vigente

1. La Generalitat debe ser informada por el Gobierno del Estado de las iniciativas de revisión de los tratados de la Unión Europea y de los procesos de suscripción y ratificación subsiguientes. El Gobierno de la Generalitat y el Parlamento deben dirigir al Gobierno del Estado y a las Cortes Generales las observaciones que estimen pertinentes a tal efecto.

2. El Gobierno del Estado puede incorporar representantes de la Generalitat en las delegaciones españolas que participen en los procesos de revisión y negociación de los tratados originarios y en los de adopción de nuevos tratados, en las materias que afecten a las competencias exclusivas de la Generalitat.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 185. Participación en los tratados de la Unión Europea (apartado 1)

Artículo 185 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

La Generalitat debe ser informada por el Gobierno del Estado de las iniciativas de revisión de los tratados de la Unión Europea y de los procesos de suscripción y ratificación subsiguientes. El Gobierno de la Generalitat y el Parlamento deben dirigir al Gobierno del Estado y a las Cortes Generales las observaciones que estimen pertinentes a tal efecto.

Completa el hueco2/5

La Generalitat debe ser informada por el Gobierno del Estado de las iniciativas de revisión de los tratados de la Unión Europea y de los procesos de suscripción y ratificación ________.

Artículo 185 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

subsiguientes

«La Generalitat debe ser informada por el Gobierno del Estado de las iniciativas de revisión de los tratados de la Unión Europea y de los procesos de suscripción y ratificación subsiguientes.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Participación en los tratados de la Unión Europea»?

Artículo 185 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 185

Información4/5

Artículo 185. Participación en los tratados de la Unión Europea (apartado 2)

Artículo 185 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

El Gobierno del Estado puede incorporar representantes de la Generalitat en las delegaciones españolas que participen en los procesos de revisión y negociación de los tratados originarios y en los de adopción de nuevos tratados, en las materias que afecten a las competencias exclusivas de la Generalitat.

Completa el hueco5/5

El Gobierno de la Generalitat y el Parlamento deben dirigir al Gobierno del Estado y a las Cortes Generales las ________ que estimen pertinentes a tal efecto.

Artículo 185 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

observaciones

«El Gobierno de la Generalitat y el Parlamento deben dirigir al Gobierno del Estado y a las Cortes Generales las observaciones que estimen pertinentes a tal efecto.»

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