🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138
Artículo 96 del Estatuto de Autonomía de CanariasCompetencias de desarrollo legislativo y de ejecución
Texto vigente
1. En las competencias de desarrollo legislativo y de ejecución, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije el Estado.
2. En el ejercicio de estas competencias, la Comunidad Autónoma de Canarias puede establecer políticas propias, de acuerdo con los principios y derechos previstos en el presente Estatuto.
Flashcards de este artículo
Artículo 96. Competencias de desarrollo legislativo y de ejecución (apartado 1)
En las competencias de desarrollo legislativo y de ejecución, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije el Estado.
En las ________ de desarrollo legislativo y de ejecución, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije el Estado.
competencias
«En las competencias de desarrollo legislativo y de ejecución, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije el Estado.»
¿Qué artículo lleva por título «Competencias de desarrollo legislativo y de ejecución»?
Artículo 96. Competencias de desarrollo legislativo y de ejecución (apartado 2)
En el ejercicio de estas competencias, la Comunidad Autónoma de Canarias puede establecer políticas propias, de acuerdo con los principios y derechos previstos en el presente Estatuto.
En el ejercicio de estas ________, la Comunidad Autónoma de Canarias puede establecer políticas propias, de acuerdo con los principios y derechos previstos en el presente Estatuto.
competencias
«En el ejercicio de estas competencias, la Comunidad Autónoma de Canarias puede establecer políticas propias, de acuerdo con los principios y derechos previstos en el presente Estatuto.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- Artículo 94 · Clases de competencias
- Artículo 95 · Competencias exclusivas
- Artículo 97 · Competencias ejecutivas
- Artículo 98 · Principio de prevalencia
- Artículo 99 · Principio de territorialidad
- Artículo 100 · Atribución de materias de competencia estatal
- Artículo 101 · Modulación de la normativa estatal por razón de la condición ultraperiférica de Canarias
- Artículo 102 · Fomento
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.