🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138
Artículo 100 del Estatuto de Autonomía de CanariasAtribución de materias de competencia estatal
Texto vigente
1. La Comunidad Autónoma de Canarias ejercerá las competencias no contempladas expresamente en este Estatuto en las materias que le sean transferidas o delegadas por el Estado.
2. La Comunidad Autónoma de Canarias podrá ejercer actividades de inspección y sanción respecto a materias de competencia estatal, en los términos que se establezca mediante convenio o acuerdo con el Estado.
Flashcards de este artículo
Artículo 100. Atribución de materias de competencia estatal (apartado 1)
La Comunidad Autónoma de Canarias ejercerá las competencias no contempladas expresamente en este Estatuto en las materias que le sean transferidas o delegadas por el Estado.
La Comunidad Autónoma de Canarias ejercerá las ________ no contempladas expresamente en este Estatuto en las materias que le sean transferidas o delegadas por el Estado.
competencias
«La Comunidad Autónoma de Canarias ejercerá las competencias no contempladas expresamente en este Estatuto en las materias que le sean transferidas o delegadas por el Estado.»
¿Qué artículo lleva por título «Atribución de materias de competencia estatal»?
Artículo 100. Atribución de materias de competencia estatal (apartado 2)
La Comunidad Autónoma de Canarias podrá ejercer actividades de inspección y sanción respecto a materias de competencia estatal, en los términos que se establezca mediante convenio o acuerdo con el Estado.
La Comunidad Autónoma de Canarias podrá ejercer ________ de inspección y sanción respecto a materias de competencia estatal, en los términos que se establezca mediante convenio o acuerdo con el Estado.
actividades
«La Comunidad Autónoma de Canarias podrá ejercer actividades de inspección y sanción respecto a materias de competencia estatal, en los términos que se establezca mediante convenio o acuerdo con el Estado.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- Artículo 94 · Clases de competencias
- Artículo 95 · Competencias exclusivas
- Artículo 96 · Competencias de desarrollo legislativo y de ejecución
- Artículo 97 · Competencias ejecutivas
- Artículo 98 · Principio de prevalencia
- Artículo 99 · Principio de territorialidad
- Artículo 101 · Modulación de la normativa estatal por razón de la condición ultraperiférica de Canarias
- Artículo 102 · Fomento
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.