🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825
Artículo 172 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaTrabajadores autónomos y cooperativas
Texto vigente
1. Una ley del Parlamento de Andalucía regulará las políticas de apoyo y fomento de la actividad del trabajador autónomo.
2. Serán objeto de atención preferente, en las políticas públicas, las cooperativas y demás entidades de economía social.
Flashcards de este artículo
Artículo 172. Trabajadores autónomos y cooperativas (apartado 1)
Una ley del Parlamento de Andalucía regulará las políticas de apoyo y fomento de la actividad del trabajador autónomo.
Una ley del ________ de Andalucía regulará las políticas de apoyo y fomento de la actividad del trabajador autónomo.
Parlamento
«Una ley del Parlamento de Andalucía regulará las políticas de apoyo y fomento de la actividad del trabajador autónomo.»
¿Qué artículo lleva por título «Trabajadores autónomos y cooperativas»?
Artículo 172. Trabajadores autónomos y cooperativas (apartado 2)
Serán objeto de atención preferente, en las políticas públicas, las cooperativas y demás entidades de economía social.
Serán objeto de atención preferente, en las políticas públicas, las ________ y demás entidades de economía social.
cooperativas
«Serán objeto de atención preferente, en las políticas públicas, las cooperativas y demás entidades de economía social.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.