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🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 164 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaDefensa de la competencia

Texto vigente

1. La Junta de Andalucía establecerá por ley un órgano independiente de defensa de la competencia en relación con las actividades económicas que se desarrollen principalmente en Andalucía, en los términos del artículo 58.2.

2. Asimismo, podrá instar a los organismos estatales de defensa de la competencia cuanto estime necesario para el interés general de Andalucía en esta materia.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 164. Defensa de la competencia (apartado 1)

Artículo 164 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/5

La Junta de Andalucía establecerá por ley un órgano independiente de defensa de la competencia en relación con las actividades económicas que se desarrollen principalmente en Andalucía, en los términos del artículo 58.2.

Completa el hueco2/5

La Junta de Andalucía establecerá por ley un órgano independiente de defensa de la competencia en relación con las actividades económicas que se desarrollen principalmente en Andalucía, en los términos del artículo 58.________.

Artículo 164 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/5

2

«La Junta de Andalucía establecerá por ley un órgano independiente de defensa de la competencia en relación con las actividades económicas que se desarrollen principalmente en Andalucía, en los términos del artículo 58.2.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Defensa de la competencia»?

Artículo 164 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/5

Artículo 164

Información4/5

Artículo 164. Defensa de la competencia (apartado 2)

Artículo 164 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido4/5

Asimismo, podrá instar a los organismos estatales de defensa de la competencia cuanto estime necesario para el interés general de Andalucía en esta materia.

Completa el hueco5/5

Asimismo, podrá instar a los ________ estatales de defensa de la competencia cuanto estime necesario para el interés general de Andalucía en esta materia.

Artículo 164 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta5/5

organismos

«Asimismo, podrá instar a los organismos estatales de defensa de la competencia cuanto estime necesario para el interés general de Andalucía en esta materia.»

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