🎯 Reglamento de Armas (RD 137/1993) · BOE-A-1993-6202
Artículo 82 del Reglamento de Armas
Texto vigente
1. En los transportes de armas de fuego, la Intervención de Armas que expida la preceptiva guía de circulación fijará, teniendo en cuenta las instrucciones generales dictadas por la Dirección General de la Guardia Civil, las medidas y condiciones de seguridad que deberá cumplir cada expedición.
2. En cualquier caso, a las empresas de seguridad, a los servicios de ferrocarriles y a las demás empresas de transportes terrestres, marítimos y aéreos o, en su caso, a los propios fabricantes o comerciantes, les corresponde, en cuanto a la seguridad de los envíos a que se refieren los artículos 39 y 40, la responsabilidad derivada del servicio de depósito y transporte ; debiendo adoptar las medidas necesarias para impedir la pérdida, sustracción o robo de las armas, y dar cuenta a la Guardia Civil siempre que tales pérdida, sustracción o robo se produjeran.
Flashcards de este artículo
Artículo 82 (apartado 1)
En los transportes de armas de fuego, la Intervención de Armas que expida la preceptiva guía de circulación fijará, teniendo en cuenta las instrucciones generales dictadas por la Dirección General de la Guardia Civil, las medidas y condiciones de seguridad que deberá cumplir cada expedición.
En los transportes de armas de fuego, la Intervención de Armas que expida la preceptiva guía de circulación fijará, teniendo en cuenta las ________ generales dictadas por la Dirección General de la Guardia Civil, las medidas y condiciones de seguridad que deberá cumplir cada expedición.
instrucciones
«En los transportes de armas de fuego, la Intervención de Armas que expida la preceptiva guía de circulación fijará, teniendo en cuenta las instrucciones generales dictadas por la Dirección General de la Guardia Civil, las medidas y condiciones de seguridad que deberá cumplir cada expedición.»
¿Qué artículo establece: «En los transportes de armas de fuego, la Intervención de Armas que expida la preceptiva guía de circulación fijará, teniendo en cuenta…»?
Artículo 82
«En los transportes de armas de fuego, la Intervención de Armas que expida la preceptiva guía de circulación fijará, teniendo en cuenta las instrucciones generales dictadas por la Dirección General de la Guardia Civil, las medidas y condiciones de seguridad que deberá cumplir cada expedición.»
Artículo 82 (apartado 2)
En cualquier caso, a las empresas de seguridad, a los servicios de ferrocarriles y a las demás empresas de transportes terrestres, marítimos y aéreos o, en su caso, a los propios fabricantes o comerciantes, les corresponde, en cuanto a la seguridad de los envíos a que se refieren los artículos 39 y 40, la responsabilidad derivada del servicio de depósito y transporte ; debiendo adoptar las medidas necesarias para impedir la pérdida, sustracción o robo de las armas, y dar cuenta a la Guardia Civil siempre que tales pérdida, sustracción o robo se produjeran.
debiendo adoptar las medidas necesarias para impedir la pérdida, ________ o robo de las armas, y dar cuenta a la Guardia Civil siempre que tales pérdida, sustracción o robo se produjeran.
sustracción
«debiendo adoptar las medidas necesarias para impedir la pérdida, sustracción o robo de las armas, y dar cuenta a la Guardia Civil siempre que tales pérdida, sustracción o robo se produjeran.»
Otros artículos de Capítulo III. Medidas de seguridad en fabricación, circulación y comercio
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.