🎯 Reglamento de Armas (RD 137/1993) · BOE-A-1993-6202
Artículo 103 del Reglamento de Armas
Texto vigente
Cuando los titulares de licencias de armas, próximas a caducar, soliciten su nueva concesión, las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil que reciban las solicitudes con las correspondientes documentaciones podrán expedir a los solicitantes autorizaciones temporales de uso de dichas armas, cuyo plazo de validez será de tres meses, recogiéndoles al propio tiempo las licencias próximas a caducar.
Flashcards de este artículo
Artículo 103
Cuando los titulares de licencias de armas, próximas a caducar, soliciten su nueva concesión, las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil que reciban las solicitudes con las correspondientes documentaciones podrán expedir a los solicitantes autorizaciones temporales de uso de dichas armas, cuyo plazo de validez será de tres meses, recogiéndoles al propio tiempo las licencias próximas a caducar.
Cuando los titulares de licencias de armas, próximas a caducar, soliciten su nueva concesión, las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil que reciban las solicitudes con las correspondientes documentaciones podrán expedir a los solicitantes autorizaciones temporales de uso de dichas armas, cuyo plazo de validez será de ________, recogiéndoles al propio tiempo las licencias próximas a caducar.
tres meses
«Cuando los titulares de licencias de armas, próximas a caducar, soliciten su nueva concesión, las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil que reciban las solicitudes con las correspondientes documentaciones podrán expedir a los solicitantes autorizaciones temporales de uso de dichas armas, cuyo plazo de validez será de tres meses, recogiéndoles al propio tiempo las licencias próximas a caducar.»
¿Qué artículo establece: «Cuando los titulares de licencias de armas, próximas a caducar, soliciten su nueva concesión, las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil…»?
Artículo 103
«Cuando los titulares de licencias de armas, próximas a caducar, soliciten su nueva concesión, las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil que reciban las solicitudes con las correspondientes documentaciones podrán expedir a los solicitantes autorizaciones temporales de uso de dichas armas, cuyo plazo de validez será de tres meses, recogiéndoles al propio tiempo las licencias próximas a caducar.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.