🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468
Artículo 77 de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalPrincipios generales de la protección social
Texto vigente
1. Los Policías Nacionales están obligatoriamente incluidos en el ámbito de aplicación del Régimen del Mutualismo Administrativo de los Funcionarios Civiles del Estado por la totalidad de las contingencias y prestaciones previstas en su acción protectora, sin perjuicio de las especificidades previstas para los integrantes de este cuerpo en la normativa vigente.
2. A efectos de pensiones, a los Policías Nacionales les será de aplicación, según corresponda, el régimen de Clases Pasivas del Estado o el Régimen General de Seguridad Social, de acuerdo con sus normas específicas respectivas.
3. La Policía Nacional colaborará con los organismos públicos y entidades que tengan atribuida la gestión de los distintos regímenes de Seguridad Social, en los términos que establezca la normativa correspondiente.
Flashcards de este artículo
Artículo 77. Principios generales de la protección social (apartado 1)
Los Policías Nacionales están obligatoriamente incluidos en el ámbito de aplicación del Régimen del Mutualismo Administrativo de los Funcionarios Civiles del Estado por la totalidad de las contingencias y prestaciones previstas en su acción protectora, sin perjuicio de las especificidades previstas para los integrantes de este cuerpo en la normativa vigente.
Los Policías Nacionales están ________ incluidos en el ámbito de aplicación del Régimen del Mutualismo Administrativo de los Funcionarios Civiles del Estado por la totalidad de las contingencias y prestaciones previstas en su acción protectora, sin perjuicio de las especificidades previstas para los integrantes de este cuerpo en la normativa vigente.
obligatoriamente
«Los Policías Nacionales están obligatoriamente incluidos en el ámbito de aplicación del Régimen del Mutualismo Administrativo de los Funcionarios Civiles del Estado por la totalidad de las contingencias y prestaciones previstas en su acción protectora, sin perjuicio de las especificidades previstas para los integrantes de este cuerpo en la normativa vigente.»
¿Qué artículo lleva por título «Principios generales de la protección social»?
Artículo 77. Principios generales de la protección social (apartado 2)
A efectos de pensiones, a los Policías Nacionales les será de aplicación, según corresponda, el régimen de Clases Pasivas del Estado o el Régimen General de Seguridad Social, de acuerdo con sus normas específicas respectivas.
A efectos de pensiones, a los Policías Nacionales les será de aplicación, según ________, el régimen de Clases Pasivas del Estado o el Régimen General de Seguridad Social, de acuerdo con sus normas específicas respectivas.
corresponda
«A efectos de pensiones, a los Policías Nacionales les será de aplicación, según corresponda, el régimen de Clases Pasivas del Estado o el Régimen General de Seguridad Social, de acuerdo con sus normas específicas respectivas.»
Otros artículos de TÍTULO XI. Protección social y régimen retributivo
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