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🛡️ LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana · BOE-A-2015-3442

Artículo 14 de la LO 4/2015 de seguridad ciudadanaÓrdenes y prohibiciones

Texto vigente

Las autoridades competentes, de conformidad con las Leyes y reglamentos, podrán dictar las órdenes y prohibiciones y disponer las actuaciones policiales estrictamente necesarias para asegurar la consecución de los fines previstos en esta Ley, mediante resolución debidamente motivada.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 14. Órdenes y prohibiciones

Artículo 14 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Contenido1/4

Las autoridades competentes, de conformidad con las Leyes y reglamentos, podrán dictar las órdenes y prohibiciones y disponer las actuaciones policiales estrictamente necesarias para asegurar la consecución de los fines previstos en esta Ley, mediante resolución debidamente motivada.

Completa el hueco2/4

Las autoridades competentes, de conformidad con las Leyes y reglamentos, podrán dictar las órdenes y ________ y disponer las actuaciones policiales estrictamente necesarias para asegurar la consecución de los fines previstos en esta Ley, mediante resolución debidamente motivada.

Artículo 14 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Respuesta2/4

prohibiciones

«Las autoridades competentes, de conformidad con las Leyes y reglamentos, podrán dictar las órdenes y prohibiciones y disponer las actuaciones policiales estrictamente necesarias para asegurar la consecución de los fines previstos en esta Ley, mediante resolución debidamente motivada.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Órdenes y prohibiciones»?

Artículo 14 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Respuesta3/4

Artículo 14

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Las autoridades competentes, de conformidad con las Leyes y reglamentos, podrán dictar las órdenes y prohibiciones y disponer las actuaciones policiales estrictamente…»?

Artículo 14 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Respuesta4/4

Artículo 14. Órdenes y prohibiciones

«Las autoridades competentes, de conformidad con las Leyes y reglamentos, podrán dictar las órdenes y prohibiciones y disponer las actuaciones policiales estrictamente necesarias para asegurar la consecución de los fines previstos en esta Ley, mediante resolución debidamente motivada.»

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