📋 LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional · BOE-A-2010-8115
Disposición Transitoria Tercera de la LO 4/2010 de régimen disciplinarioRevisión de oficio de resoluciones en vía de ejecución
Texto vigente
A la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, si de su aplicación resultasen efectos más favorables para el funcionario sancionado, se procederá a la revisión de oficio de las resoluciones en virtud de las cuales se hubieran impuesto sanciones, aunque sean firmes, cuyo cumplimiento no se hubiera iniciado o finalizado en dicha fecha.
No procederá la revisión de resoluciones en las que se hubiera impuesto la sanción de separación del servicio.
Flashcards de este artículo
Disposición Transitoria Tercera. Revisión de oficio de resoluciones en vía de ejecución
A la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, si de su aplicación resultasen efectos más favorables para el funcionario sancionado, se procederá a la revisión de oficio de las resoluciones en virtud de las cuales se hubieran impuesto sanciones, aunque sean firmes, cuyo cumplimiento no se hubiera iniciado o finalizado en dicha fecha. No procederá la revisión de resoluciones en las que se hubiera impuesto la sanción de separación del servicio.
A la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, si de su aplicación resultasen efectos más favorables para el funcionario sancionado, se procederá a la revisión de oficio de las ________ en virtud de las cuales se hubieran impuesto sanciones, aunque sean firmes, cuyo cumplimiento no se hubiera iniciado o finalizado en dicha fecha.
resoluciones
«A la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, si de su aplicación resultasen efectos más favorables para el funcionario sancionado, se procederá a la revisión de oficio de las resoluciones en virtud de las cuales se hubieran impuesto sanciones, aunque sean firmes, cuyo cumplimiento no se hubiera iniciado o finalizado en dicha fecha.»
¿Qué artículo lleva por título «Revisión de oficio de resoluciones en vía de ejecución»?
No procederá la revisión de ________ en las que se hubiera impuesto la sanción de separación del servicio.
resoluciones
«No procederá la revisión de resoluciones en las que se hubiera impuesto la sanción de separación del servicio.»
¿Qué artículo establece: «A la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, si de su aplicación resultasen efectos más favorables para el funcionario sancionado, se…»?
Disposición Transitoria Tercera. Revisión de oficio de resoluciones en vía de ejecución
«A la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, si de su aplicación resultasen efectos más favorables para el funcionario sancionado, se procederá a la revisión de oficio de las resoluciones en virtud de las cuales se hubieran impuesto sanciones, aunque sean firmes, cuyo cumplimiento no se hubiera iniciado o finalizado en dicha fecha.»
Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales
- Disposición Adicional Segunda · Comunicación de resoluciones judiciales
- Disposición Adicional Tercera · Reintegro aplazado o fraccionado de retribuciones
- Disposición Transitoria Primera · Retroactividad
- Disposición Transitoria Segunda · Procedimientos en trámite
- Disposición Derogatoria Única · Derogación normativa
- Disposición Final Primera · Modificación de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
- Disposición Final Segunda · Modificación de la Ley 26/1994, de 29 de septiembre, por la que se regula la situación de segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía
- Disposición Final Tercera · Desarrollo reglamentario
- Disposición Final Cuarta · Aplicación supletoria de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Disposición Final Quinta · Carácter de la Ley
- Disposición Final Sexta · Aplicación a los Cuerpos de Policía Local
- Disposición Final Séptima · Entrada en vigor
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.