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🟰 LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres · BOE-A-2007-6115

Artículo 28 de la Ley de Igualdad (LO 3/2007)Sociedad de la Información

Texto vigente

1. Todos los programas públicos de desarrollo de la Sociedad de la Información incorporarán la efectiva consideración del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en su diseño y ejecución.

2. El Gobierno promoverá la plena incorporación de las mujeres en la Sociedad de la Información mediante el desarrollo de programas específicos, en especial, en materia de acceso y formación en tecnologías de la información y de las comunicaciones, contemplando las de colectivos de riesgo de exclusión y del ámbito rural.

3. El Gobierno promoverá los contenidos creados por mujeres en el ámbito de la Sociedad de la Información.

4. En los proyectos del ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación sufragados total o parcialmente con dinero público, se garantizará que su lenguaje y contenidos sean no sexistas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 28. Sociedad de la Información (apartado 1)

Artículo 28 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Contenido1/5

Todos los programas públicos de desarrollo de la Sociedad de la Información incorporarán la efectiva consideración del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en su diseño y ejecución.

Completa el hueco2/5

Todos los programas públicos de desarrollo de la Sociedad de la Información incorporarán la efectiva ________ del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en su diseño y ejecución.

Artículo 28 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta2/5

consideración

«Todos los programas públicos de desarrollo de la Sociedad de la Información incorporarán la efectiva consideración del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en su diseño y ejecución.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Sociedad de la Información»?

Artículo 28 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta3/5

Artículo 28

Información4/5

Artículo 28. Sociedad de la Información (apartado 2)

Artículo 28 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Contenido4/5

El Gobierno promoverá la plena incorporación de las mujeres en la Sociedad de la Información mediante el desarrollo de programas específicos, en especial, en materia de acceso y formación en tecnologías de la información y de las comunicaciones, contemplando las de colectivos de riesgo de exclusión y del ámbito rural.

Completa el hueco5/5

El Gobierno promoverá la plena incorporación de las mujeres en la Sociedad de la Información mediante el desarrollo de programas específicos, en especial, en materia de acceso y formación en tecnologías de la información y de las ________, contemplando las de colectivos de riesgo de exclusión y del ámbito rural.

Artículo 28 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta5/5

comunicaciones

«El Gobierno promoverá la plena incorporación de las mujeres en la Sociedad de la Información mediante el desarrollo de programas específicos, en especial, en materia de acceso y formación en tecnologías de la información y de las comunicaciones, contemplando las de colectivos de riesgo de exclusión y del ámbito rural.»

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