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🟰 LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres · BOE-A-2007-6115

Artículo 12 de la Ley de Igualdad (LO 3/2007)Tutela judicial efectiva

Texto vigente

1. Cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.2 de la Constitución, incluso tras la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación.

2. La capacidad y legitimación para intervenir en los procesos civiles, sociales y contencioso-administrativos que versen sobre la defensa de este derecho corresponden a las personas físicas y jurídicas con interés legítimo, determinadas en las Leyes reguladoras de estos procesos.

3. La persona acosada será la única legitimada en los litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 12. Tutela judicial efectiva (apartado 1)

Artículo 12 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Contenido1/5

Cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.2 de la Constitución, incluso tras la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación.

Completa el hueco2/5

Cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.________ de la Constitución, incluso tras la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación.

Artículo 12 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta2/5

2

«Cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.2 de la Constitución, incluso tras la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Tutela judicial efectiva»?

Artículo 12 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta3/5

Artículo 12

Información4/5

Artículo 12. Tutela judicial efectiva (apartado 2)

Artículo 12 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Contenido4/5

La capacidad y legitimación para intervenir en los procesos civiles, sociales y contencioso-administrativos que versen sobre la defensa de este derecho corresponden a las personas físicas y jurídicas con interés legítimo, determinadas en las Leyes reguladoras de estos procesos.

Completa el hueco5/5

La capacidad y legitimación para intervenir en los procesos civiles, sociales y ________ que versen sobre la defensa de este derecho corresponden a las personas físicas y jurídicas con interés legítimo, determinadas en las Leyes reguladoras de estos procesos.

Artículo 12 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta5/5

contencioso-administrativos

«La capacidad y legitimación para intervenir en los procesos civiles, sociales y contencioso-administrativos que versen sobre la defensa de este derecho corresponden a las personas físicas y jurídicas con interés legítimo, determinadas en las Leyes reguladoras de estos procesos.»

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