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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Artículo 345 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoColaboración entre Registros

Texto vigente

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y los Registros de licitadores y empresas clasificadas de las Comunidades Autónomas se facilitarán mutuamente la información relativa a las prohibiciones de contratar en ellos inscritas.

Mediante Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública se establecerán el procedimiento y las especificaciones necesarias para el intercambio de dicha información por medios electrónicos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 345. Colaboración entre Registros

Artículo 345 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/5

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y los Registros de licitadores y empresas clasificadas de las Comunidades Autónomas se facilitarán mutuamente la información relativa a las prohibiciones de contratar en ellos inscritas. Mediante Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública se establecerán el procedimiento y las especificaciones necesarias para el intercambio de dicha información por medios electrónicos.

Completa el hueco2/5

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y los Registros de licitadores y empresas clasificadas de las Comunidades Autónomas se facilitarán mutuamente la información relativa a las ________ de contratar en ellos inscritas.

Artículo 345 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/5

prohibiciones

«El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y los Registros de licitadores y empresas clasificadas de las Comunidades Autónomas se facilitarán mutuamente la información relativa a las prohibiciones de contratar en ellos inscritas.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Colaboración entre Registros»?

Artículo 345 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/5

Artículo 345

Completa el hueco4/5

Mediante Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública se establecerán el procedimiento y las ________ necesarias para el intercambio de dicha información por medios electrónicos.

Artículo 345 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta4/5

especificaciones

«Mediante Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública se establecerán el procedimiento y las especificaciones necesarias para el intercambio de dicha información por medios electrónicos.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y los Registros de licitadores y empresas clasificadas de las Comunidades…»?

Artículo 345 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta5/5

Artículo 345. Colaboración entre Registros

«El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y los Registros de licitadores y empresas clasificadas de las Comunidades Autónomas se facilitarán mutuamente la información relativa a las prohibiciones de contratar en ellos inscritas.»

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