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🏘️ Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local · BOE-A-1985-5392

Artículo 49 de la Ley de Bases del Régimen Local

Texto vigente

La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento:

a) Aprobación inicial por el Pleno.

b) Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno.

En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 05/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 49

Artículo 49 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Contenido1/5

La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento: • a) Aprobación inicial por el Pleno. • b) Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. • c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

Completa el hueco2/5

La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al siguiente ________:

Artículo 49 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Respuesta2/5

procedimiento

«La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento»?

Artículo 49 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Respuesta3/5

Artículo 49

«La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento:»
Completa el hueco4/5

Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de ________ para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

Artículo 49 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Respuesta4/5

treinta días

«Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias»?

Artículo 49 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Respuesta5/5

Artículo 49

«Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 12/05/1999 por BOE-A-1999-8932.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (23/04/1985):

La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento: a) Aprobación inicial por el Pleno. b) Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

  1. Vigente desde 23/04/1985 · redacción original
  2. Vigente desde 12/05/1999 · modificado por BOE-A-1999-8932

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