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💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186

Artículo 74 de la Ley General TributariaExtinción de deudas de las entidades de derecho público mediante deducciones sobre transferencias

Texto vigente

1. Las deudas tributarias vencidas, líquidas y exigibles que las comunidades autónomas, entidades locales y demás entidades de derecho público tengan con el Estado podrán extinguirse con las deducciones sobre las cantidades que la Administración del Estado deba transferir a las referidas entidades.

La aplicación de este régimen a las comunidades autónomas y entidades de derecho público dependientes de éstas y a las entidades locales se realizará en los supuestos y conforme al procedimiento establecido en la legislación específica.

2. El inicio del procedimiento determinará la suspensión del cobro de las deudas a las que el mismo se refiera.

3. La extinción de las deudas objeto del procedimiento tendrá lugar cuando se produzca la deducción y por la cantidad concurrente.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 74. Extinción de deudas de las entidades de derecho público mediante deducciones sobre transferencias (apartado 1)

Artículo 74 · Ley 58/2003 General Tributaria
Contenido1/5

Las deudas tributarias vencidas, líquidas y exigibles que las comunidades autónomas, entidades locales y demás entidades de derecho público tengan con el Estado podrán extinguirse con las deducciones sobre las cantidades que la Administración del Estado deba transferir a las referidas entidades. La aplicación de este régimen a las comunidades autónomas y entidades de derecho público dependientes de éstas y a las entidades locales se realizará en los supuestos y conforme al procedimiento establecido en la legislación específica.

Completa el hueco2/5

Las deudas ________ vencidas, líquidas y exigibles que las comunidades autónomas, entidades locales y demás entidades de derecho público tengan con el Estado podrán extinguirse con las deducciones sobre las cantidades que la Administración del Estado deba transferir a las referidas entidades.

Artículo 74 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta2/5

tributarias

«Las deudas tributarias vencidas, líquidas y exigibles que las comunidades autónomas, entidades locales y demás entidades de derecho público tengan con el Estado podrán extinguirse con las deducciones sobre las cantidades que la Administración del Estado deba transferir a las referidas entidades.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Extinción de deudas de las entidades de derecho público mediante deducciones sobre transferencias»?

Artículo 74 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta3/5

Artículo 74

Información4/5

Artículo 74. Extinción de deudas de las entidades de derecho público mediante deducciones sobre transferencias (apartado 2)

Artículo 74 · Ley 58/2003 General Tributaria
Contenido4/5

El inicio del procedimiento determinará la suspensión del cobro de las deudas a las que el mismo se refiera.

Completa el hueco5/5

La aplicación de este régimen a las comunidades autónomas y entidades de derecho público dependientes de éstas y a las entidades locales se realizará en los supuestos y conforme al ________ establecido en la legislación específica.

Artículo 74 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta5/5

procedimiento

«La aplicación de este régimen a las comunidades autónomas y entidades de derecho público dependientes de éstas y a las entidades locales se realizará en los supuestos y conforme al procedimiento establecido en la legislación específica.»

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