Ir al generador

🤝 Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito · BOE-A-2015-4606

Artículo 8 del Estatuto de la víctima (Ley 4/2015)Período de reflexión en garantía de los derechos de la víctima

Texto vigente

1. Los Abogados y Procuradores no podrán dirigirse a las víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de víctimas que cumplan los requisitos que se determinen reglamentariamente y que puedan constituir delito, para ofrecerles sus servicios profesionales hasta transcurridos 45 días desde el hecho.

Esta prohibición quedará sin efecto en el caso de que la prestación de estos servicios profesionales haya sido solicitada expresamente por la víctima.

2. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a responsabilidad disciplinaria por infracción muy grave, sin perjuicio de las demás responsabilidades que procedan.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 8. Período de reflexión en garantía de los derechos de la víctima (apartado 1)

Artículo 8 · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Contenido1/5

Los Abogados y Procuradores no podrán dirigirse a las víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de víctimas que cumplan los requisitos que se determinen reglamentariamente y que puedan constituir delito, para ofrecerles sus servicios profesionales hasta transcurridos 45 días desde el hecho. Esta prohibición quedará sin efecto en el caso de que la prestación de estos servicios profesionales haya sido solicitada expresamente por la víctima.

Completa el hueco2/5

Los Abogados y Procuradores no podrán dirigirse a las víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de víctimas que cumplan los requisitos que se determinen reglamentariamente y que puedan constituir delito, para ofrecerles sus servicios profesionales hasta transcurridos ________ desde el hecho.

Artículo 8 · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Respuesta2/5

45 días

«Los Abogados y Procuradores no podrán dirigirse a las víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de víctimas que cumplan los requisitos que se determinen reglamentariamente y que puedan constituir delito, para ofrecerles sus servicios profesionales hasta transcurridos 45 días desde el hecho.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Período de reflexión en garantía de los derechos de la víctima»?

Artículo 8 · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Respuesta3/5

Artículo 8

Información4/5

Artículo 8. Período de reflexión en garantía de los derechos de la víctima (apartado 2)

Artículo 8 · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Contenido4/5

El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a responsabilidad disciplinaria por infracción muy grave, sin perjuicio de las demás responsabilidades que procedan.

Completa el hueco5/5

Esta prohibición quedará sin efecto en el caso de que la prestación de estos servicios ________ haya sido solicitada expresamente por la víctima.

Artículo 8 · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Respuesta5/5

profesionales

«Esta prohibición quedará sin efecto en el caso de que la prestación de estos servicios profesionales haya sido solicitada expresamente por la víctima.»

Otros artículos de TÍTULO I. Derechos básicos