🚨 Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil · BOE-A-2015-7730
Artículo 6 de la Ley de Protección CivilDerecho a la información
Texto vigente
1. Todos tienen derecho a ser informados adecuadamente por los poderes públicos acerca de los riesgos colectivos importantes que les afecten, las medidas previstas y adoptadas para hacerles frente y las conductas que deban seguir para prevenirlos.
2. Dichas informaciones habrán de proporcionarse tanto en caso de emergencia como preventivamente, antes de que las situaciones de peligro lleguen a estar presentes.
Flashcards de este artículo
Artículo 6. Derecho a la información (apartado 1)
Todos tienen derecho a ser informados adecuadamente por los poderes públicos acerca de los riesgos colectivos importantes que les afecten, las medidas previstas y adoptadas para hacerles frente y las conductas que deban seguir para prevenirlos.
Todos tienen derecho a ser informados ________ por los poderes públicos acerca de los riesgos colectivos importantes que les afecten, las medidas previstas y adoptadas para hacerles frente y las conductas que deban seguir para prevenirlos.
adecuadamente
«Todos tienen derecho a ser informados adecuadamente por los poderes públicos acerca de los riesgos colectivos importantes que les afecten, las medidas previstas y adoptadas para hacerles frente y las conductas que deban seguir para prevenirlos.»
¿Qué artículo lleva por título «Derecho a la información»?
Artículo 6. Derecho a la información (apartado 2)
Dichas informaciones habrán de proporcionarse tanto en caso de emergencia como preventivamente, antes de que las situaciones de peligro lleguen a estar presentes.
Dichas informaciones habrán de proporcionarse tanto en caso de emergencia como ________, antes de que las situaciones de peligro lleguen a estar presentes.
preventivamente
«Dichas informaciones habrán de proporcionarse tanto en caso de emergencia como preventivamente, antes de que las situaciones de peligro lleguen a estar presentes.»
Otros artículos de TÍTULO I. Disposiciones generales
- Artículo 1 · Objeto y finalidad
- Artículo 2 · Definiciones
- Artículo 3 · El Sistema Nacional de Protección Civil
- Artículo 4 · Estrategia del Sistema Nacional de Protección Civil
- Artículo 5 · Derecho a la protección en caso de catástrofe
- Artículo 7 · Derecho a la participación
- Artículo 7 bis · Deber de colaboración
- Artículo 7 ter · Deber de cautela y autoprotección
- Artículo 7 quáter · Voluntariado en el ámbito de la protección civil
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.