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🗺️ Estatuto de Autonomía del País Vasco (LO 3/1979) · BOE-A-1979-30177

Artículo 3 del Estatuto de Autonomía del País Vasco

Texto vigente

Cada uno de los Territorios Históricos que integran el País Vasco podrá, en el seno del mismo, conservar o, en su caso, restablecer y actualizar su organización e instituciones privativas de autogobierno.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 24/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 3

Artículo 3 · Estatuto de Autonomía del País Vasco (LO 3/1979)
Contenido1/3

Cada uno de los Territorios Históricos que integran el País Vasco podrá, en el seno del mismo, conservar o, en su caso, restablecer y actualizar su organización e instituciones privativas de autogobierno.

Completa el hueco2/3

Cada uno de los Territorios Históricos que integran el País Vasco podrá, en el seno del mismo, conservar o, en su caso, restablecer y actualizar su organización e ________ privativas de autogobierno.

Artículo 3 · Estatuto de Autonomía del País Vasco (LO 3/1979)
Respuesta2/3

instituciones

«Cada uno de los Territorios Históricos que integran el País Vasco podrá, en el seno del mismo, conservar o, en su caso, restablecer y actualizar su organización e instituciones privativas de autogobierno.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Cada uno de los Territorios Históricos que integran el País Vasco podrá, en el seno del mismo, conservar o, en su caso…»?

Artículo 3 · Estatuto de Autonomía del País Vasco (LO 3/1979)
Respuesta3/3

Artículo 3

«Cada uno de los Territorios Históricos que integran el País Vasco podrá, en el seno del mismo, conservar o, en su caso, restablecer y actualizar su organización e instituciones privativas de autogobierno.»

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