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🗺️ Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983) · BOE-A-1983-6317

Artículo 38 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid

Texto vigente

La Administración de la Comunidad de Madrid desarrollará su actuación a través de los órganos, organismos y entidades dependientes del Gobierno que se establezcan pudiendo delegar dichas funciones en los municipios y demás entidades locales reconocidas en este Estatuto si así lo autoriza una ley de la Asamblea, que fijará las oportunas formas de control y coordinación.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 31/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 38

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Contenido1/3

La Administración de la Comunidad de Madrid desarrollará su actuación a través de los órganos, organismos y entidades dependientes del Gobierno que se establezcan pudiendo delegar dichas funciones en los municipios y demás entidades locales reconocidas en este Estatuto si así lo autoriza una ley de la Asamblea, que fijará las oportunas formas de control y coordinación.

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La Administración de la Comunidad de Madrid desarrollará su actuación a través de los órganos, organismos y entidades ________ del Gobierno que se establezcan pudiendo delegar dichas funciones en los municipios y demás entidades locales reconocidas en este Estatuto si así lo autoriza una ley de la Asamblea, que fijará las oportunas formas de control y coordinación.

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Respuesta2/3

dependientes

«La Administración de la Comunidad de Madrid desarrollará su actuación a través de los órganos, organismos y entidades dependientes del Gobierno que se establezcan pudiendo delegar dichas funciones en los municipios y demás entidades locales reconocidas en este Estatuto si así lo autoriza una ley de la Asamblea, que fijará las oportunas formas de control y coordinación.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «La Administración de la Comunidad de Madrid desarrollará su actuación a través de los órganos, organismos y entidades dependientes del Gobierno que…»?

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Respuesta3/3

Artículo 38

«La Administración de la Comunidad de Madrid desarrollará su actuación a través de los órganos, organismos y entidades dependientes del Gobierno que se establezcan pudiendo delegar dichas funciones en los municipios y demás entidades locales reconocidas en este Estatuto si así lo autoriza una ley de la Asamblea, que fijará las oportunas formas de control y coordinación.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 08/07/1998 por BOE-A-1998-16302.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/03/1983):

1. Corresponde a La Administración de la Comunidad de Madrid la creación y estructuración de desarrollará su propia Administración pública, dentro actuación a través de los principios generales órganos, organismos y normas básicas entidades dependientes del Estado. 2. El régimen jurídico de la Administración pública regional Gobierno que se establezcan pudiendo delegar dichas funciones en los municipios y de sus funcionarios será regulado mediante Ley demás entidades locales reconocidas en este Estatuto si así lo autoriza una ley de la Asamblea, que fijará las oportunas formas de conformidad con la legislación básica del Estado. control y coordinación.

  1. Vigente desde 01/03/1983 · redacción original
  2. Vigente desde 08/07/1998 · modificado por BOE-A-1998-16302

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