Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982) · BOE-A-1982-15030

Artículo 18 del Estatuto de Autonomía de La Rioja

Texto vigente

Uno. El Parlamento elegirá de entre sus miembros a un Presidente y a la Mesa.

Dos. El Reglamento del Parlamento, que deberá ser aprobado por mayoría absoluta de sus miembros, regulará su composición, régimen y funcionamiento.

Tres. El Parlamento fijará su propio presupuesto y el estatuto de su personal.

Cuatro. El Parlamento funcionará en Pleno y en Comisiones.

Cinco. Se reunirá anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo, de febrero a junio.

A petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la quinta parte de los miembros del Parlamento, éste podrá reunirse en sesión extraordinaria, que se clausurará al agotar el orden del día determinado para el que fue convocado.

Seis. En los períodos en que el Parlamento no esté reunido o cuando hubiere expirado su mandato, habrá una Diputación Permanente, cuyo procedimiento de elección, composición y funciones determinará el Reglamento.

Siete. Para la deliberación y adopción de acuerdos, el Parlamento deberá reunirse reglamentariamente y con asistencia de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los presentes si el Estatuto, las Leyes o el Reglamento no exigen otro tipo de mayoría más cualificada.

Ocho. El voto es personal e indelegable.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 16/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 18 (1/3)

Artículo 18 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Contenido1/5

Uno. El Parlamento elegirá de entre sus miembros a un Presidente y a la Mesa. Dos. El Reglamento del Parlamento, que deberá ser aprobado por mayoría absoluta de sus miembros, regulará su composición, régimen y funcionamiento. Tres. El Parlamento fijará su propio presupuesto y el estatuto de su personal. Cuatro. El Parlamento funcionará en Pleno y en Comisiones. Cinco. Se reunirá anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo, de febrero a junio.

Completa el hueco2/5

El ________ elegirá de entre sus miembros a un Presidente y a la Mesa.

Artículo 18 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta2/5

Parlamento

«El Parlamento elegirá de entre sus miembros a un Presidente y a la Mesa.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El Parlamento elegirá de entre sus miembros a un Presidente y a la Mesa»?

Artículo 18 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta3/5

Artículo 18

«El Parlamento elegirá de entre sus miembros a un Presidente y a la Mesa.»
Información4/5

Artículo 18 (2/3)

Artículo 18 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Contenido4/5

A petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la quinta parte de los miembros del Parlamento, éste podrá reunirse en sesión extraordinaria, que se clausurará al agotar el orden del día determinado para el que fue convocado. Seis. En los períodos en que el Parlamento no esté reunido o cuando hubiere expirado su mandato, habrá una Diputación Permanente, cuyo procedimiento de elección, composición y funciones determinará el Reglamento.

Completa el hueco5/5

El Reglamento del Parlamento, que deberá ser aprobado por mayoría absoluta de sus miembros, regulará su composición, régimen y ________.

Artículo 18 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta5/5

funcionamiento

«El Reglamento del Parlamento, que deberá ser aprobado por mayoría absoluta de sus miembros, regulará su composición, régimen y funcionamiento.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 28/01/1999 por BOE-A-1999-339.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (09/07/1982):

Uno. La Diputación General estará constituida por el número de Diputados que determine una ley de la Comunidad Autónoma, con un mínimo El Parlamento elegirá de treinta y dos y entre sus miembros a un máximo de cuarenta elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo Presidente y secreto. Dos. La circunscripción electoral será la Comunidad Autónoma. Tres. La Diputación General será elegida por un plazo de cuatro años con arreglo a un sistema proporcional. No podrá ser disuelta, salvo en el supuesto excepcional previsto en el artículo veintidós la Mesa. Dos. El Reglamento del presente Estatuto. Cuatro. La convocatoria de elecciones se realizará Parlamento, que deberá ser aprobado por el Presidente mayoría absoluta de la Comunidad Autónoma, pudiendo coincidir con las elecciones locales. Su celebración se ajustará al calendario que sus miembros, regulará su composición, régimen y funcionamiento. Tres. El Parlamento fijará su propio presupuesto y el Gobierno de la Nación señale, si fuere simultaneo para otras Comunidades Autónomas. Cinco. Los miembros de la Diputación General gozarán, aun después estatuto de haber cesado en su mandato, de inviolabilidad por las opiniones manifestadas personal. Cuatro. El Parlamento funcionará en actos parlamentarios Pleno y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo. Durante su mandato no podrán ser detenidos ni retenidos por los actos delictivos cometidos Comisiones. Cinco. Se reunirá anualmente en el territorio dos períodos ordinarios de La Rioja, sino en caso sesiones: el primero, de flagrante delito, correspondiendo decidir, en todo caso, sobre su inculpación, prisión, procesamiento septiembre a diciembre, y juicio, al Tribunal el segundo, de superior categoría al que, dentro febrero a junio. A petición del Gobierno, de la Comunidad Autónoma, esté atribuida la competencia por razón Diputación Permanente o de la materia. Fuera quinta parte de dicho territorio la responsabilidad penal será exigible, en los mismos términos, ante la Sala de lo Penal miembros del Tribunal Supremo. Seis. Una Ley de la Comunidad Autónoma, Parlamento, éste podrá reunirse en sesión extraordinaria, que requerirá mayoría absoluta se clausurará al agotar el orden del día determinado para su aprobación, determinara el procedimiento electoral, las condiciones de inelegibilidad, e incompatibilidad de que fue convocado. Seis. En los Diputados, períodos en que el Parlamento no esté reunido o cuando hubiere expirado su cese mandato, habrá una Diputación Permanente, cuyo procedimiento de elección, composición y sustitución. funciones determinará el Reglamento. Siete. Los Diputados regionales no estarán sujetos a mandato imperativo. Ocho. Los miembros Para la deliberación y adopción de acuerdos, el Parlamento deberá reunirse reglamentariamente y con asistencia de la Diputación General no percibirán retribución fija por su cargo representativo, sino únicamente las dietas que mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos se determinen adoptarán por mayoría de los presentes si el ejercicio del mismo. Estatuto, las Leyes o el Reglamento no exigen otro tipo de mayoría más cualificada. Ocho. El voto es personal e indelegable.

  1. Vigente desde 09/07/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 28/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-339

Otros artículos de CAPITULO I. Del Parlamento de La Rioja