🗺️ Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007) · BOE-A-2007-4233
Artículo 114 del Estatuto de Autonomía de las Illes BalearsRelaciones con el Estado y con otras Comunidades Autónomas
Texto vigente
Como garante del equilibrio interinsular el Gobierno de las Illes Balears se reserva las relaciones con el Estado y con las demás Comunidades Autónomas, cuando las mismas se refieran a competencias autonómicas en relación a las cuales vayan a desarrollarse actuaciones consideradas de interés general.
Flashcards de este artículo
Artículo 114. Relaciones con el Estado y con otras Comunidades Autónomas
Como garante del equilibrio interinsular el Gobierno de las Illes Balears se reserva las relaciones con el Estado y con las demás Comunidades Autónomas, cuando las mismas se refieran a competencias autonómicas en relación a las cuales vayan a desarrollarse actuaciones consideradas de interés general.
Como garante del equilibrio interinsular el Gobierno de las Illes Balears se reserva las relaciones con el Estado y con las demás Comunidades Autónomas, cuando las mismas se refieran a ________ autonómicas en relación a las cuales vayan a desarrollarse actuaciones consideradas de interés general.
competencias
«Como garante del equilibrio interinsular el Gobierno de las Illes Balears se reserva las relaciones con el Estado y con las demás Comunidades Autónomas, cuando las mismas se refieran a competencias autonómicas en relación a las cuales vayan a desarrollarse actuaciones consideradas de interés general.»
¿Qué artículo lleva por título «Relaciones con el Estado y con otras Comunidades Autónomas»?
¿Qué artículo establece: «Como garante del equilibrio interinsular el Gobierno de las Illes Balears se reserva las relaciones con el Estado y con las demás…»?
Artículo 114. Relaciones con el Estado y con otras Comunidades Autónomas
«Como garante del equilibrio interinsular el Gobierno de las Illes Balears se reserva las relaciones con el Estado y con las demás Comunidades Autónomas, cuando las mismas se refieran a competencias autonómicas en relación a las cuales vayan a desarrollarse actuaciones consideradas de interés general.»
Otros artículos de CAPÍTULO III. Relaciones con el Estado
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.