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🗺️ Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995) · BOE-A-1995-6358

Disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía de Ceuta

Texto vigente

La acomodación de la organización del Ayuntamiento de Ceuta a la prevista en el presente Estatuto se efectuará de conformidad con las reglas siguientes:

1. Las próximas elecciones locales, a celebrar el domingo 28 de mayo de 1995, se convocarán para elegir a los miembros de la Asamblea de Ceuta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del presente Estatuto.

La constitución de esta Asamblea se llevará a cabo en los mismos plazos y con el mismo procedimiento previsto para la constitución de las corporaciones municipales en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

2. Los órganos de gobierno del Ayuntamiento continuarán en funciones hasta la constitución de los nuevos órganos de la Ciudad, de conformidad con lo previsto en el artículo 194.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Disposición transitoria primera (apartado 1)

Disposición transitoria primera · Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995)
Contenido1/5

La acomodación de la organización del Ayuntamiento de Ceuta a la prevista en el presente Estatuto se efectuará de conformidad con las reglas siguientes:

Completa el hueco2/5

La acomodación de la organización del ________ de Ceuta a la prevista en el presente Estatuto se efectuará de conformidad con las reglas siguientes:

Disposición transitoria primera · Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995)
Respuesta2/5

Ayuntamiento

«La acomodación de la organización del Ayuntamiento de Ceuta a la prevista en el presente Estatuto se efectuará de conformidad con las reglas siguientes:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La acomodación de la organización del Ayuntamiento de Ceuta a la prevista en el presente Estatuto se efectuará de conformidad con las…»?

Disposición transitoria primera · Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995)
Respuesta3/5

Disposición transitoria primera

«La acomodación de la organización del Ayuntamiento de Ceuta a la prevista en el presente Estatuto se efectuará de conformidad con las reglas siguientes:»
Información4/5

Disposición transitoria primera (apartado 2)

Disposición transitoria primera · Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995)
Contenido4/5

Las próximas elecciones locales, a celebrar el domingo 28 de mayo de 1995, se convocarán para elegir a los miembros de la Asamblea de Ceuta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del presente Estatuto. La constitución de esta Asamblea se llevará a cabo en los mismos plazos y con el mismo procedimiento previsto para la constitución de las corporaciones municipales en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Completa el hueco5/5

Las próximas elecciones locales, a celebrar el domingo ________ de mayo de 1995, se convocarán para elegir a los miembros de la Asamblea de Ceuta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del presente Estatuto.

Disposición transitoria primera · Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995)
Respuesta5/5

28

«Las próximas elecciones locales, a celebrar el domingo 28 de mayo de 1995, se convocarán para elegir a los miembros de la Asamblea de Ceuta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del presente Estatuto.»

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