🗺️ Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995) · BOE-A-1995-6358
Disposición final única del Estatuto de Autonomía de Ceuta
Texto vigente
El presente Estatuto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Flashcards de este artículo
Disposición final única
El presente Estatuto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
El presente Estatuto entrará en vigor al día siguiente de su ________ en el «Boletín Oficial del Estado».
publicación
«El presente Estatuto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»
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Disposición final única
«El presente Estatuto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»
Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.