🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Artículo 24 del Estatuto de Autonomía de CataluñaDerechos en el ámbito de los servicios sociales
Texto vigente
1. Todas las personas tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las prestaciones de la red de servicios sociales de responsabilidad pública, a ser informadas sobre estas prestaciones y a dar el consentimiento para cualquier actuación que les afecte personalmente, en los términos que establecen las leyes.
2. Las personas con necesidades especiales, para mantener la autonomía personal en las actividades de la vida diaria, tienen derecho a recibir la atención adecuada a su situación, de acuerdo con las condiciones que legalmente se establecen.
3. Las personas o las familias que se encuentran en situación de pobreza tienen derecho a acceder a una renta garantizada de ciudadanía que les asegure los mínimos de una vida digna, de acuerdo con las condiciones que legalmente se establecen.
4. Las organizaciones del tercer sector social tienen derecho a ejercer sus funciones en los ámbitos de la participación y la colaboración sociales.
Flashcards de este artículo
Artículo 24. Derechos en el ámbito de los servicios sociales (apartado 1)
Todas las personas tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las prestaciones de la red de servicios sociales de responsabilidad pública, a ser informadas sobre estas prestaciones y a dar el consentimiento para cualquier actuación que les afecte personalmente, en los términos que establecen las leyes.
Todas las personas tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las prestaciones de la red de servicios sociales de ________ pública, a ser informadas sobre estas prestaciones y a dar el consentimiento para cualquier actuación que les afecte personalmente, en los términos que establecen las leyes.
responsabilidad
«Todas las personas tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las prestaciones de la red de servicios sociales de responsabilidad pública, a ser informadas sobre estas prestaciones y a dar el consentimiento para cualquier actuación que les afecte personalmente, en los términos que establecen las leyes.»
¿Qué artículo lleva por título «Derechos en el ámbito de los servicios sociales»?
Artículo 24. Derechos en el ámbito de los servicios sociales (apartado 2)
Las personas con necesidades especiales, para mantener la autonomía personal en las actividades de la vida diaria, tienen derecho a recibir la atención adecuada a su situación, de acuerdo con las condiciones que legalmente se establecen.
Las personas con ________ especiales, para mantener la autonomía personal en las actividades de la vida diaria, tienen derecho a recibir la atención adecuada a su situación, de acuerdo con las condiciones que legalmente se establecen.
necesidades
«Las personas con necesidades especiales, para mantener la autonomía personal en las actividades de la vida diaria, tienen derecho a recibir la atención adecuada a su situación, de acuerdo con las condiciones que legalmente se establecen.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Derechos y deberes del ámbito civil y social
- Artículo 15 · Derechos de las personas
- Artículo 16 · Derechos en el ámbito de las familias
- Artículo 17 · Derechos de los menores
- Artículo 18 · Derechos de las personas mayores
- Artículo 19 · Derechos de las mujeres
- Artículo 20 · Derecho a vivir con dignidad el proceso de la muerte
- Artículo 21 · Derechos y deberes en el ámbito de la educación
- Artículo 22 · Derechos y deberes en el ámbito cultural
- Artículo 23 · Derechos en el ámbito de la salud
- Artículo 25 · Derechos en el ámbito laboral
- Artículo 26 · Derechos en el ámbito de la vivienda
- Artículo 27 · Derechos y deberes con relación al medio ambiente
- Artículo 28 · Derechos de los consumidores y usuarios
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.