🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Artículo 16 del Estatuto de Autonomía de CataluñaDerechos en el ámbito de las familias
Texto vigente
Todas las personas tienen derecho, de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley, a recibir prestaciones sociales y ayudas públicas para atender las cargas familiares.
Flashcards de este artículo
Artículo 16. Derechos en el ámbito de las familias
Todas las personas tienen derecho, de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley, a recibir prestaciones sociales y ayudas públicas para atender las cargas familiares.
Todas las personas tienen derecho, de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley, a recibir ________ sociales y ayudas públicas para atender las cargas familiares.
prestaciones
«Todas las personas tienen derecho, de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley, a recibir prestaciones sociales y ayudas públicas para atender las cargas familiares.»
¿Qué artículo lleva por título «Derechos en el ámbito de las familias»?
¿Qué artículo establece: «Todas las personas tienen derecho, de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley, a recibir prestaciones sociales y ayudas públicas para…»?
Artículo 16. Derechos en el ámbito de las familias
«Todas las personas tienen derecho, de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley, a recibir prestaciones sociales y ayudas públicas para atender las cargas familiares.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Derechos y deberes del ámbito civil y social
- Artículo 15 · Derechos de las personas
- Artículo 17 · Derechos de los menores
- Artículo 18 · Derechos de las personas mayores
- Artículo 19 · Derechos de las mujeres
- Artículo 20 · Derecho a vivir con dignidad el proceso de la muerte
- Artículo 21 · Derechos y deberes en el ámbito de la educación
- Artículo 22 · Derechos y deberes en el ámbito cultural
- Artículo 23 · Derechos en el ámbito de la salud
- Artículo 24 · Derechos en el ámbito de los servicios sociales
- Artículo 25 · Derechos en el ámbito laboral
- Artículo 26 · Derechos en el ámbito de la vivienda
- Artículo 27 · Derechos y deberes con relación al medio ambiente
- Artículo 28 · Derechos de los consumidores y usuarios
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.