Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 177 del Estatuto de Autonomía de CataluñaRégimen de los convenios entre la Generalitat y el Estado

Texto vigente

1. El régimen jurídico de los convenios firmados por la Generalitat, en lo que se refiere a la misma, debe ser establecido por ley del Parlamento.

2. Los convenios suscritos entre el Gobierno de la Generalitat y el Gobierno del Estado deben publicarse en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» en el plazo de un mes a contar desde el día en que se firman. La fecha de publicación de los convenios en el «Boletín Oficial del Estado» determina su eficacia respecto a terceros.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 177. Régimen de los convenios entre la Generalitat y el Estado (apartado 1)

Artículo 177 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

El régimen jurídico de los convenios firmados por la Generalitat, en lo que se refiere a la misma, debe ser establecido por ley del Parlamento.

Completa el hueco2/5

El régimen jurídico de los convenios firmados por la Generalitat, en lo que se refiere a la misma, debe ser establecido por ley del ________.

Artículo 177 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

Parlamento

«El régimen jurídico de los convenios firmados por la Generalitat, en lo que se refiere a la misma, debe ser establecido por ley del Parlamento.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Régimen de los convenios entre la Generalitat y el Estado»?

Artículo 177 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 177

Información4/5

Artículo 177. Régimen de los convenios entre la Generalitat y el Estado (apartado 2)

Artículo 177 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Los convenios suscritos entre el Gobierno de la Generalitat y el Gobierno del Estado deben publicarse en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» en el plazo de un mes a contar desde el día en que se firman. La fecha de publicación de los convenios en el «Boletín Oficial del Estado» determina su eficacia respecto a terceros.

Completa el hueco5/5

Los convenios suscritos entre el Gobierno de la Generalitat y el Gobierno del Estado deben publicarse en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» en el plazo de ________ a contar desde el día en que se firman.

Artículo 177 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

un mes

«Los convenios suscritos entre el Gobierno de la Generalitat y el Gobierno del Estado deben publicarse en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» en el plazo de un mes a contar desde el día en que se firman.»

Otros artículos de Sección Primera. Colaboración con el Estado y con otras Comunidades Autónomas