Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 176 del Estatuto de Autonomía de CataluñaEfectos de la colaboración entre la Generalitat y el Estado

Texto vigente

1. La participación de la Generalitat en los órganos y los mecanismos bilaterales y multilaterales de colaboración con el Estado y con otras Comunidades Autónomas no altera la titularidad de las competencias que le corresponden.

2. La Generalitat no queda vinculada por las decisiones adoptadas en el marco de los mecanismos multilaterales de colaboración voluntaria con el Estado y con otras Comunidades Autónomas respecto a las cuales no haya manifestado su acuerdo.

3. La Generalitat puede hacer constar reservas a los acuerdos adoptados en el marco de los mecanismos multilaterales de colaboración voluntaria cuando se hayan tomado sin su aprobación.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 176. Efectos de la colaboración entre la Generalitat y el Estado (apartado 1)

Artículo 176 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

La participación de la Generalitat en los órganos y los mecanismos bilaterales y multilaterales de colaboración con el Estado y con otras Comunidades Autónomas no altera la titularidad de las competencias que le corresponden.

Completa el hueco2/5

La participación de la Generalitat en los órganos y los mecanismos bilaterales y ________ de colaboración con el Estado y con otras Comunidades Autónomas no altera la titularidad de las competencias que le corresponden.

Artículo 176 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

multilaterales

«La participación de la Generalitat en los órganos y los mecanismos bilaterales y multilaterales de colaboración con el Estado y con otras Comunidades Autónomas no altera la titularidad de las competencias que le corresponden.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Efectos de la colaboración entre la Generalitat y el Estado»?

Artículo 176 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 176

Información4/5

Artículo 176. Efectos de la colaboración entre la Generalitat y el Estado (apartado 2)

Artículo 176 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

La Generalitat no queda vinculada por las decisiones adoptadas en el marco de los mecanismos multilaterales de colaboración voluntaria con el Estado y con otras Comunidades Autónomas respecto a las cuales no haya manifestado su acuerdo.

Completa el hueco5/5

La Generalitat no queda vinculada por las decisiones adoptadas en el marco de los mecanismos ________ de colaboración voluntaria con el Estado y con otras Comunidades Autónomas respecto a las cuales no haya manifestado su acuerdo.

Artículo 176 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

multilaterales

«La Generalitat no queda vinculada por las decisiones adoptadas en el marco de los mecanismos multilaterales de colaboración voluntaria con el Estado y con otras Comunidades Autónomas respecto a las cuales no haya manifestado su acuerdo.»

Otros artículos de Sección Primera. Colaboración con el Estado y con otras Comunidades Autónomas