🗺️ Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007) · BOE-A-2007-20635
Artículo 90 del Estatuto de Autonomía de Castilla y LeónConsejo de Cuentas
Texto vigente
1. El Consejo de Cuentas, dependiente de las Cortes de Castilla y León, realizará las funciones de fiscalización externa de la gestión económica, financiera y contable del sector público de la Comunidad Autónoma y demás entes públicos de Castilla y León, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Tribunal de Cuentas de acuerdo con la Constitución.
2. Una ley de Cortes regulará sus competencias, organización y funcionamiento.
Flashcards de este artículo
Artículo 90. Consejo de Cuentas (apartado 1)
El Consejo de Cuentas, dependiente de las Cortes de Castilla y León, realizará las funciones de fiscalización externa de la gestión económica, financiera y contable del sector público de la Comunidad Autónoma y demás entes públicos de Castilla y León, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Tribunal de Cuentas de acuerdo con la Constitución.
El Consejo de Cuentas, dependiente de las Cortes de Castilla y León, realizará las funciones de ________ externa de la gestión económica, financiera y contable del sector público de la Comunidad Autónoma y demás entes públicos de Castilla y León, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Tribunal de Cuentas de acuerdo con la Constitución.
fiscalización
«El Consejo de Cuentas, dependiente de las Cortes de Castilla y León, realizará las funciones de fiscalización externa de la gestión económica, financiera y contable del sector público de la Comunidad Autónoma y demás entes públicos de Castilla y León, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Tribunal de Cuentas de acuerdo con la Constitución.»
¿Qué artículo lleva por título «Consejo de Cuentas»?
Artículo 90. Consejo de Cuentas (apartado 2)
Una ley de Cortes regulará sus competencias, organización y funcionamiento.
Una ley de Cortes regulará sus competencias, organización y ________.
funcionamiento
«Una ley de Cortes regulará sus competencias, organización y funcionamiento.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.