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🗺️ Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007) · BOE-A-2007-20635

Artículo 85 del Estatuto de Autonomía de Castilla y LeónOtros recursos

Texto vigente

La Comunidad Autónoma y las entidades locales afectadas participarán en los ingresos correspondientes a los tributos que el Estado pueda establecer para recuperar los costes sociales producidos por actividades contaminantes o generadoras de riesgos de especial gravedad para el medio, en la forma que establezca la ley creadora del gravamen.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/01/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 85. Otros recursos

Artículo 85 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Contenido1/4

La Comunidad Autónoma y las entidades locales afectadas participarán en los ingresos correspondientes a los tributos que el Estado pueda establecer para recuperar los costes sociales producidos por actividades contaminantes o generadoras de riesgos de especial gravedad para el medio, en la forma que establezca la ley creadora del gravamen.

Completa el hueco2/4

La Comunidad Autónoma y las entidades locales afectadas participarán en los ingresos correspondientes a los tributos que el Estado pueda establecer para recuperar los costes sociales producidos por actividades ________ o generadoras de riesgos de especial gravedad para el medio, en la forma que establezca la ley creadora del gravamen.

Artículo 85 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Respuesta2/4

contaminantes

«La Comunidad Autónoma y las entidades locales afectadas participarán en los ingresos correspondientes a los tributos que el Estado pueda establecer para recuperar los costes sociales producidos por actividades contaminantes o generadoras de riesgos de especial gravedad para el medio, en la forma que establezca la ley creadora del gravamen.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Otros recursos»?

Artículo 85 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Respuesta3/4

Artículo 85

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «La Comunidad Autónoma y las entidades locales afectadas participarán en los ingresos correspondientes a los tributos que el Estado pueda establecer para…»?

Artículo 85 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Respuesta4/4

Artículo 85. Otros recursos

«La Comunidad Autónoma y las entidades locales afectadas participarán en los ingresos correspondientes a los tributos que el Estado pueda establecer para recuperar los costes sociales producidos por actividades contaminantes o generadoras de riesgos de especial gravedad para el medio, en la forma que establezca la ley creadora del gravamen.»

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