🗺️ Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007) · BOE-A-2007-20635
Artículo 87 del Estatuto de Autonomía de Castilla y LeónDeuda Pública y crédito
Texto vigente
1. La Comunidad Autónoma de Castilla y León podrá concertar operaciones de endeudamiento para financiar gastos de inversión en los términos que autorice la correspondiente ley de las Cortes de Castilla y León.
2. El volumen y características de las operaciones se establecerán de acuerdo con el ordenamiento general de la política crediticia y en coordinación con el Estado.
3. Los valores emitidos tendrán la consideración de fondos públicos a todos los efectos.
4. Igualmente podrá concertar operaciones de crédito por plazo inferior a un año con objeto de cubrir sus necesidades transitorias de tesorería.
5. Lo establecido en los apartados anteriores se ajustará a lo dispuesto en la Ley Orgánica prevista en el artículo 157.3 de la Constitución.
Flashcards de este artículo
Artículo 87. Deuda Pública y crédito (apartado 1)
La Comunidad Autónoma de Castilla y León podrá concertar operaciones de endeudamiento para financiar gastos de inversión en los términos que autorice la correspondiente ley de las Cortes de Castilla y León.
La Comunidad Autónoma de Castilla y León podrá concertar operaciones de ________ para financiar gastos de inversión en los términos que autorice la correspondiente ley de las Cortes de Castilla y León.
endeudamiento
«La Comunidad Autónoma de Castilla y León podrá concertar operaciones de endeudamiento para financiar gastos de inversión en los términos que autorice la correspondiente ley de las Cortes de Castilla y León.»
¿Qué artículo lleva por título «Deuda Pública y crédito»?
Artículo 87. Deuda Pública y crédito (apartado 2)
El volumen y características de las operaciones se establecerán de acuerdo con el ordenamiento general de la política crediticia y en coordinación con el Estado.
El volumen y ________ de las operaciones se establecerán de acuerdo con el ordenamiento general de la política crediticia y en coordinación con el Estado.
características
«El volumen y características de las operaciones se establecerán de acuerdo con el ordenamiento general de la política crediticia y en coordinación con el Estado.»
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