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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981) · BOE-A-1982-635

Artículo 5 del Estatuto de Autonomía de Cantabria

Texto vigente

1. Los ciudadanos y ciudadanas de Cantabria son titulares de los derechos y deberes establecidos en la Constitución y en el presente Estatuto.

2. Corresponde a las instituciones de la Comunidad Autónoma, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos y ciudadanas en la vida política, económica, cultural y social.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 10/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 5 (apartado 1)

Artículo 5 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Contenido1/4

Los ciudadanos y ciudadanas de Cantabria son titulares de los derechos y deberes establecidos en la Constitución y en el presente Estatuto.

Completa el hueco2/4

Los ________ y ciudadanas de Cantabria son titulares de los derechos y deberes establecidos en la Constitución y en el presente Estatuto.

Artículo 5 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta2/4

ciudadanos

«Los ciudadanos y ciudadanas de Cantabria son titulares de los derechos y deberes establecidos en la Constitución y en el presente Estatuto.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo establece: «Los ciudadanos y ciudadanas de Cantabria son titulares de los derechos y deberes establecidos en la Constitución y en el presente Estatuto»?

Artículo 5 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta3/4

Artículo 5

«Los ciudadanos y ciudadanas de Cantabria son titulares de los derechos y deberes establecidos en la Constitución y en el presente Estatuto.»
Información4/4

Artículo 5 (apartado 2)

Artículo 5 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Contenido4/4

Corresponde a las instituciones de la Comunidad Autónoma, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos y ciudadanas en la vida política, económica, cultural y social.

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 20/01/1999 por BOE-A-1998-30152.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (31/01/1982):

Uno. 1. Los ciudadanos y ciudadanas de Cantabria son titulares de los derechos y deberes establecidos en la Constitución. Dos. Constitución y en el presente Estatuto. 2. Corresponde a la Diputación Regional las instituciones de Cantabria, la Comunidad Autónoma, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo de las personas y de los grupos en que se integran sean reales y efectivos; efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos y ciudadanas en la vida política, económica, cultural y social.

  1. Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 20/01/1999 · modificado por BOE-A-1998-30152

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