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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981) · BOE-A-1982-635

Artículo 12 del Estatuto de Autonomía de Cantabria

Texto vigente

1. El Parlamento elegirá de entre sus miembros un Presidente y la Mesa. El Reglamento, que deberá ser aprobado por mayoría absoluta, regulará su composición, régimen y funcionamiento.

2. El Parlamento de Cantabria fijará su propio presupuesto.

3. El Parlamento funcionará en Pleno y en Comisiones y se reunirá en sesiones ordinarias o extraordinarias. Los períodos ordinarios de sesiones serán los comprendidos entre septiembre y diciembre, el primero, y entre febrero y junio, el segundo.

Las sesiones extraordinarias habrán de ser convocadas por su Presidente, con especificación, en todo caso, del orden del día, a petición de la Diputación Permanente, de una quinta parte de los miembros del Parlamento o del número de grupos parlamentarios que el Reglamento determine, así como a petición del Gobierno.

Para la deliberación y adopción de acuerdos, el Parlamento deberá estar reunido reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los Diputados y Diputadas presentes si el Estatuto, las Leyes o el Reglamento no exigen otras mayorías más cualificadas.

El voto es personal y no delegable.

4. Las sesiones plenarias del Parlamento son públicas, salvo en los casos excepcionales previstos en su Reglamento.

5. Las comisiones son permanentes y en su caso especiales o de investigación.

6. El Reglamento precisará el número mínimo de Diputados para la formación de Grupos Parlamentarios, la intervención de éstos en el proceso legislativo y las funciones de la Junta de Portavoces de aquéllos. Los Grupos Parlamentarios participarán en las Comisiones en proporción al número de sus miembros.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 10/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 12 (apartado 1)

Artículo 12 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Contenido1/5

El Parlamento elegirá de entre sus miembros un Presidente y la Mesa. El Reglamento, que deberá ser aprobado por mayoría absoluta, regulará su composición, régimen y funcionamiento.

Completa el hueco2/5

El ________ elegirá de entre sus miembros un Presidente y la Mesa.

Artículo 12 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta2/5

Parlamento

«El Parlamento elegirá de entre sus miembros un Presidente y la Mesa.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El Parlamento elegirá de entre sus miembros un Presidente y la Mesa»?

Artículo 12 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta3/5

Artículo 12

«El Parlamento elegirá de entre sus miembros un Presidente y la Mesa.»
Información4/5

Artículo 12 (apartado 2)

Artículo 12 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Contenido4/5

El Parlamento de Cantabria fijará su propio presupuesto.

Completa el hueco5/5

El Reglamento, que deberá ser aprobado por mayoría absoluta, regulará su composición, régimen y ________.

Artículo 12 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta5/5

funcionamiento

«El Reglamento, que deberá ser aprobado por mayoría absoluta, regulará su composición, régimen y funcionamiento.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 20/01/1999 por BOE-A-1998-30152.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (31/01/1982):

Uno. La Asamblea Regional 1. El Parlamento elegirá de entre sus miembros un Presidente y la Mesa. El Reglamento, que deberá ser aprobado por mayoría absoluta, regulará su composición, régimen y funcionamiento. Dos. La Asamblea Regional 2. El Parlamento de Cantabria fijará su propio presupuesto. Tres. La Asamblea Regional 3. El Parlamento funcionará en Pleno y en Comisiones y se reunirá durante cuatro meses al año, en dos sesiones ordinarias o extraordinarias. Los períodos ordinarios de sesiones comprendidos, serán los comprendidos entre septiembre y diciembre, el primero primero, y entre febrero y junio, el segundo. Las sesiones extraordinarias habrán de ser convocadas por su Presidente Presidente, con especificación, en todo caso, del orden del día, a petición de la Diputación permanente, Permanente, de una quinta parte de los Diputados miembros del Parlamento o del número de Grupos Parlamentarios grupos parlamentarios que el Reglamento determine, así como a petición del Consejo de Gobierno. Para la deliberación y adopción de acuerdos, la Asamblea ha de el Parlamento deberá estar reunida reunido reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los Diputados y Diputadas presentes si el Estatuto, las Leyes o el Reglamento no exigen otras mayorías más cualificadas. El voto es personal y no delegable. Cuatro. 4. Las sesiones plenarias de la Asamblea del Parlamento son públicas, salvo en los casos excepcionales previstos en su Reglamento. Cinco. 5. Las comisiones son permanentes y en su caso especiales o de investigación. Seis. 6. El Reglamento precisará el número mínimo de Diputados para la formación de Grupos Parlamentarios, la intervención de éstos en el proceso legislativo y las funciones de la Junta de Portavoces de aquéllos. Los Grupos Parlamentarios participarán en las Comisiones en proporción al número de sus miembros.

  1. Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 20/01/1999 · modificado por BOE-A-1998-30152

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