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🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138

Artículo 123 del Estatuto de Autonomía de CanariasPublicidad

Texto vigente

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de publicidad, sin perjuicio de la legislación del Estado.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 123. Publicidad

Artículo 123 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Contenido1/4

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de publicidad, sin perjuicio de la legislación del Estado.

Completa el hueco2/4

________ a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de publicidad, sin perjuicio de la legislación del Estado.

Artículo 123 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta2/4

Corresponde

«Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de publicidad, sin perjuicio de la legislación del Estado.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Publicidad»?

Artículo 123 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta3/4

Artículo 123

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de publicidad, sin perjuicio de la legislación del Estado»?

Artículo 123 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta4/4

Artículo 123. Publicidad

«Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de publicidad, sin perjuicio de la legislación del Estado.»

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