🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138
Artículo 118 del Estatuto de Autonomía de CanariasCooperativas y economía social
Texto vigente
1. Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme con la legislación mercantil, la competencia exclusiva en materia de cooperativas y de entidades de economía social.
2. La regulación y el fomento del cooperativismo incluyen la regulación del asociacionismo cooperativo; la enseñanza y la formación cooperativas; y la fijación de los criterios, la regulación de las condiciones, la ejecución y el control de las ayudas públicas al mundo cooperativo.
3. Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva sobre el fomento y la ordenación del sector de la economía social, respetando lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución española.
Flashcards de este artículo
Artículo 118. Cooperativas y economía social (apartado 1)
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme con la legislación mercantil, la competencia exclusiva en materia de cooperativas y de entidades de economía social.
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme con la legislación mercantil, la competencia exclusiva en materia de ________ y de entidades de economía social.
cooperativas
«Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme con la legislación mercantil, la competencia exclusiva en materia de cooperativas y de entidades de economía social.»
¿Qué artículo lleva por título «Cooperativas y economía social»?
Artículo 118. Cooperativas y economía social (apartado 2)
La regulación y el fomento del cooperativismo incluyen la regulación del asociacionismo cooperativo; la enseñanza y la formación cooperativas; y la fijación de los criterios, la regulación de las condiciones, la ejecución y el control de las ayudas públicas al mundo cooperativo.
La regulación y el fomento del ________ incluyen la regulación del asociacionismo cooperativo;
cooperativismo
«La regulación y el fomento del cooperativismo incluyen la regulación del asociacionismo cooperativo;»
Otros artículos de CAPÍTULO III. Económico-financieras
- Artículo 114 · Planificación, ordenación y promoción de la actividad económica
- Artículo 115 · Atribución a la Comunidad Autónoma de Canarias de competencias normativas en el Impuesto General Indirecto Canario y en el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias
- Artículo 116 · Cajas de ahorro y entidades cooperativas de créditos
- Artículo 117 · Crédito, banca, seguros y mutualidades no integradas en el sistema de Seguridad Social
- Artículo 119 · Mercados de valores y centros de contratación
- Artículo 120 · Promoción y defensa de la competencia
- Artículo 121 · Consumo
- Artículo 122 · Estadística
- Artículo 123 · Publicidad
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.