🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138
Artículo 113 del Estatuto de Autonomía de CanariasProtección de datos
Texto vigente
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia sobre protección de datos de carácter personal en aquellas materias en las que ostenta un título competencial, respetando la reserva de ley orgánica y el artículo 149.1.1.ª de la Constitución.
Flashcards de este artículo
Artículo 113. Protección de datos
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia sobre protección de datos de carácter personal en aquellas materias en las que ostenta un título competencial, respetando la reserva de ley orgánica y el artículo 149.1.1.ª de la Constitución.
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia sobre protección de datos de carácter personal en aquellas materias en las que ostenta un título competencial, respetando la reserva de ley orgánica y el artículo 149.________.1.ª de la Constitución.
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«Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia sobre protección de datos de carácter personal en aquellas materias en las que ostenta un título competencial, respetando la reserva de ley orgánica y el artículo 149.1.1.ª de la Constitución.»
¿Qué artículo lleva por título «Protección de datos»?
¿Qué artículo establece: «Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia sobre protección de datos de carácter personal en aquellas materias en las que…»?
Artículo 113. Protección de datos
«Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia sobre protección de datos de carácter personal en aquellas materias en las que ostenta un título competencial, respetando la reserva de ley orgánica y el artículo 149.1.1.ª de la Constitución.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Materias institucionales y administrativas
- Artículo 103 · Organización territorial
- Artículo 104 · Organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Artículo 105 · Régimen territorial
- Artículo 106 · Régimen jurídico, procedimiento, contratación, expropiación y responsabilidad de las administraciones públicas canarias
- Artículo 107 · Función pública y personal al servicio de las administraciones públicas de Canarias
- Artículo 108 · Participación ciudadana
- Artículo 109 · Corporaciones de Derecho público
- Artículo 110 · Asociaciones y fundaciones
- Artículo 111 · Notariado y registros públicos
- Artículo 112 · Relaciones con entidades religiosas
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.